Condenado por causar un cardenal a su exnovia en un encuentro sexual
MALOS TRATOS
La jueza le impone trabajos comunitarios por maltrato: se enfadó porque ella salió con un amigo
Brandan G.F. deberá realizar trabajos comunitarios (31 días) tras la sentencia que le condena por un delito de malos tratos (lesiones leves) en el contexto de una relación sexual con la joven con la que había mantenido un breve noviazgo. La jueza considera probado que el inculpado le comprimió fuertemente el muslo porque estaba enfadado y le ocasionó un moretón. El acusado mantuvo que pudo deberse a la intensidad del encuentro amoroso.
La denunciante, antes de ir a la casa de su expareja, con la que se veía de vez en cuando, en la madrugada del 26 de enero de 2025, había salido con amigos, lo que molestó al encausado. La misma sentencia le impone una orden de alejamiento, con una distancia de seguridad de 100 metros, y el pago de una indemnización de 200 euros.
La togada pone en contexto el maltrato en una relación de corta duración con "conductas claramente machistas"
A la magistrada le ofrece total credibilidad el relato de la denunciante “por la forma, términos y condiciones en los que ha sido expresado”. Pero, sobre todo, porque la versión de la chica “se presenta corroborado por el informe médico forense; los mensajes de Whatsapp y hasta por el propio relato del acusado”.
La magistrada no se cree su versión sobre que fue él quien dejó la relación por una infidelidad de la joven. Los contenidos de los mensajes remitidos el 11 de enero y aportados al inicio del juicio, que Brandan reconoció haber enviado, demuestran lo contrario: “Tú y yo estamos hechos el uno para el otro”; “como me entendías tú no creo que me entienda nadie”; “ya no voy a volver a ser el mismo después de esto” …
Según la sentencia, “no solo el acusado no dejó la relación, y menos aún por una supuesta infidelidad de la denunciante, sino que, tal y como él mismo admite en dichos mensajes, fueron su carácter celoso y su incapacidad para manejar la situación los que provocaron el fin de la relación”.
La togada pone en contexto el maltrato en una relación de corta duración, pero en la que desde el inicio hubo “conductas claramente machistas”. De hecho, a la jueza le resulta verdaderamente “preocupante y sorprendente la normalidad con la que el acusado concibe ciertos comportamientos totalmente inadmisibles. Así, repara en un mensaje en el que el inculpado se molesta por cómo va vestida o un tirón de pelo a la salida del local donde trabajaba él porque pensó que ella había ligado con sus compañeros de trabajo.”
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