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ORDEN DE ALEJAMIENTO
La sección Penal nº2 del Tribunal de Instancia de Ourense ha condenado a David GO a una pena de 60 días de trabajos comunitarios, junto a una orden de alejamiento de 300 metros de su víctima durante el plazo de un año, al considerar la magistrada que es responsable de un delito de maltrato.
Según se recoge en la sentencia, el acusado había acudido el pasado mes de enero al domicilio de su excompañera sentimental con la intención de ver a su hijo. El estado en el que acudió al domicilio propició que la víctica intentanse negarle la visita, instándole a regresar cuando se encontrara en mejor estado. Se inició entonces una discusión entre ambos que se saldó con una llamada a la policía por parte de un vecino, quien declaró en el juicio que no se trataba de la primera vez que una riña de la pareja llegaba a las manos. También se tuvo en cuenta que la víctima precisó de “asistencia facultativa sin tratamiento médico”.
A la hora de juzgar los hechos, la magistrada ha dado validez tanto a la declaración del testigo como a una grabación realizada a la víctima durante la instrucción del caso, ya que la mujer quiso cambiar su testimonio, negando haber sido agredida en el transcurso de los hechos.
A instancias de la fiscalía se presentó esa declaración grabada durante el proceso, donde la víctima relataba que había exigido al agresor regresar cuando estuviera bien “y no hubiera consumido”, según recoge la sentencia. Al mismo tiempo, ese primer testimonio recoge las palabras de la víctima en las que afirmaba haber recibido una bofetada que la tiró al suelo, donde el agresor le propinó patadas y otra bofetada.
Durante su declaración en el juicio, la mujer negó haber sufrido tal agresión, y remarcó que, cuando ocurrieron los hechos, su agresor ya no era su pareja y no convivían. La víctima también manifestó no querer ser resarcida por las lesiones sufridas, e incluso llegó a decir que la policía la presionó para que denunciara.
El acusado, por su parte, reconoció durante el proceso que no se trataba de la primera discusión con su pareja, pues había sido denunciado hasta en 11 ocasiones por la víctima, siendo posteriormente retiradas dichas denuncias. Contra la sentencia cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Ourense.
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