Condenado por vejar a su expareja por Whatsapp: "Das asco por ser mujer antes que madre"

JUICIO EN OURENSE

Deberá pagar una multa de 120 euros tras no prestar consentimiento a la realización de trabajos en beneficio de la comunidad

La Audiencia Provincial de Ourense modificó la pena del condenado.
La Audiencia Provincial de Ourense modificó la pena del condenado. | ARCHIVO

Los mensajes que envió por Whatsapp un hombre a su expareja le acabaron costando una condena. Con ánimo de humillarla y menospreciarla, le dijo: “Das asco, das asco por ser mujer antes que madre, zorra de mierda, asquerosa, trozo de mierda, puta falsa asquerosa”.

El Tribunal de Instancia de Verín le puso una pena de 30 días de trabajos comunitarios por un delito leve de vejaciones injustas. Además, le impuso la prohibición de aproximarse a 200 metros de su expareja y de comunicarse con ella, insluso por Bizum, por un periodo de seis meses.

Esta sentencia fue recurrida ante la Audiencia Provincial. La magistrada aceptó los hechos probados de la sentencia de instancia, pero modificó el reproche penal que deben suponer. El fallo explica que la pena de trabajos en beneficio de la comunidad requiere el consentimiento del obligado a ello, algo que en este caso no sucede. Por ello, sustituye esta pena por una multa de 120 euros.

Además, la magistrada suprime la medida de prohibición de comunicarse y acercarse a la víctima por “no resultar acreditada una situación objetivo de riesgo para la víctima”. Contra esta decisión no se puede interponer recurso.

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