Cuadruplica la tasa de alcohol en Ourense, pero esquiva una pena mayor por cinco años de retraso judicial
1,10 MG/L
Un juzgado de Ourense impone seis meses de retirada de carné y 540 euros de multa por un positivo de 1,10 mg/l registrado en 2021, al aplicar la atenuante de dilaciones indebidas
Un conductor interceptado en Ourense tras cuadruplicar la tasa de alcohol permitida afrontará consecuencias penales menos severas de lo habitual debido al retraso del procedimiento. La sentencia que lo condena por un delito contra la seguridad vial se ha dictado cinco años después de los hechos, ocurridos el 3 de octubre de 2021, fecha en la que la Guardia Civil le dio el alto y comprobó que arrojaba un resultado de 1,10 miligramos por litro de aire espirado.
La tramitación de la causa acumuló un considerable demora que la magistrada atribuye, en parte, a la propia conducta del encausado. Tal y como recoge la resolución judicial, el acusado desatendió las citaciones y cambió de residencia sin comunicar su nuevo domicilio al juzgado, una actitud de dejadez que culminó con su ausencia en el juicio oral celebrado recientemente en la capital ourensana.
Pese a este comportamiento, el fallo reconoce la aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas en grado simple. Como resultado, las penas impuestas quedan fijadas en la pérdida del permiso de conducir durante seis meses, el pago de una multa de 540 euros y el abono de las costas procesales.
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