Acusa a un guardia civil de Ribadavia de formular denuncias falsas

FALSEDAD DE DOCUMENTO PÚBLICO

El superior de Ribadavia apoya al denunciante pero los compañeros del acusado salen en su defensa

Jesús Manuel P.C., en el juicio celebrado en la Audiencia de Ourense.
Jesús Manuel P.C., en el juicio celebrado en la Audiencia de Ourense.

En el cuartel de la Guardia Civil de Ribadavia se vivieron muchos momentos de tensión en el año de la pandemia, y no precisamente por el virus que mantuvo en jaque a la población mundial. La plantilla, compuesta en ese momento por nueve guardias y el comandante de puesto (brigada), estaba dividida en dos bandos y enfrentada, tal como se evidenció en el juicio celebrado ayer en la Audiencia Provincial de Ourense. Y aunque el motivo del juicio fue la denuncia de un conductor contra el agente Jesús Manuel P.C. por falsedad en documento público (subsidiariamente prevaricación) y amenazas, tras darle el alto en el transcurso de un control del covid y seguridad ciudadana del 15 de noviembre de 2020, la vista oral evidenció que el superior y el inculpado mantenían una mala relación. En la Comandancia lo sabían porque ambos acudieron allí a criticarse mutuamente.

El superior respaldó por completo la versión del denunciante sobre las malas formas del inculpado, cuando le dio el alto en la localidad de Francelos, y la multiplicación de denuncias de tráfico y por la Ley de Seguridad Ciudadana en el cuartel con respecto a las que le habían anunciado antes de reanudar la marcha: de dos pasaron a seis (no llevar cinturón, salir del vehículo sin chaleco, giro indebido, no respetar el cierre perimetral, no usar mascarilla y desobediencia a los agentes). Algunas quedaron por el camino (archivadas en la Subdelegación del Gobierno) y otras dos (cinturón y giro) quedaron en papel mojado en la jurisdicción contencioso-administrativa.

El inculpado declaró que él y su compañero -”binomio”, en el argot- pararon al denunciante, acompañado de su madre enferma de alzhéimer, quien vive en Ribadavia. Iban a comprar el pan.

A vueltas con el pan

La primera discrepancia surgió porque el guardia civil y su compañero entendían que no podía desplazarse a Francelos cuando ya había panaderías en Ribadavia. La acusación particular (la fiscal no ve delito y no acusó) explicó en el juicio que en noviembre de 2020 sí se podía circular por el término municipal. “Me dijo que me iba a salir caro ir a comprar el pan”, explicó el denunciante en el juicio. También aseguró que Jesús Manuel le profirió más amenazas en un tono “chulesco” y “agresivo”. Y, además, a gritos. El responsable del puesto de Ribadavia, que se encontraba al otro lado de la carretera, asegura que escuchó las voces de su subordinado y que no era la primera vez que las formas le perdían. “Ya le había advertido que tenía que controlarse”, dijo. Y negó que el conductor hubiera puesto en riesgo la seguridad de la patrulla con un giro indebido.

Por contra, el agente encausado y su compañero coincidieron en destacar la actitud desafiante del conductor. “Cuando dio el giro indebido casi me atropella”, aseguró el denunciado. Otro de los guardias del cuartel llamado como testigo declaró que escuchó hablar por teléfono, en tono amigable, al brigada y al denunciante tras estos hechos. Ambos lo negaron.

La defensa trató de desvirtuar la credibilidad del testimonio del superior. Jesús Manuel P.C. en enero de 2021 presentó una queja contra él por desconsideración hacia los subordinados que se saldó con una sanción para el “jefe”, con la suspensión durante dos días. La denuncia del conductor sancionado también fue ese mismo mes. “Favorece al denunciante para perjudicar a Jesús Manuel”, destacó el abogado, quien mencionó en varias ocasiones la animadversión hacia su cliente por parte del mando.

La acusación particular reclama una pena de tres años de cárcel y 123 meses de multa (12 euros al día) y cuatro años de inhabilitación para el agente juzgado por la falsedad documental. En caso de que se aprecie la alternativa (prevaricación), 9 años de inhabilitación. Por la falta leve de amenazas, 45 días de multa (12 euros al día).

La defensa pide la libre absolución, pero en caso de condena pide que se tenga en cuenta la atenuante de reparación del daño (consignó en el juzgado 1.142 euros en concepto de indemnización al conductor) y dilaciones indebidas.

La fiscal invocó la intervención mínima del derecho penal, para casos más graves.

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