Se lleva la televisión, sábanas, toallas y dos almohadas de un hotel de cuatro estrellas de Ourense

ARRANCÓ LA TELEVISIÓN

La Audiencia Provincial de Ourense ratifica la condena de seis meses de prisión por un delito de hurto a un cliente del hotel Princess que desvalijó el cuarto antes de marcharse, sustrayendo la televisión con su soporte, la ropa de cama y siete toallas.

Exterior del hotel Princess, en Ourense.
Exterior del hotel Princess, en Ourense. | Google Maps

La Audiencia Provincial de Ourense ha confirmado en todos sus términos la condena de seis meses de prisión impuesta a un huésped que desvalijó casi por completo la habitación en la que pernoctó en el hotel Princess, un céntrico establecimiento de cuatro estrellas situado en la avenida de la Habana. El cliente abandonó las instalaciones cargando en su equipaje con el televisor arrancado junto a su soporte, además de la lencería de cama y las toallas del aseo.

Los hechos se produjeron el 25 de octubre de 2022. El acusado realizó el registro de entrada con su DNI en la recepción y pasó la noche en el cuarto. Sin embargo, al día siguiente, cuando el personal de pisos acudió a limpiar la estancia tras su marcha, descubrió que la habitación había sido saqueada. El huésped había descolgado y sustraído la televisión de la pared, dejando únicamente el hueco, y se había llevado consigo las sábanas, la funda bajera y dos almohadas, además de siete toallas que se encontraban en el baño.

La dirección del negocio presentó una denuncia ante la Policía Nacional, cuyos agentes identificaron con rapidez al implicado al constatar sus datos personales en el parte de viajeros de la recepción. El caso recayó en el Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense, cuya titular apreció pruebas sólidas para desvirtuar la presunción de inocencia y le impuso medio año de cárcel por un delito de hurto, fijando una indemnización de 479,20 euros para reponer los enseres sustraídos.

Disconforme con la resolución, el procesado recurrió ante la Audiencia Provincial aduciendo falta de pruebas directas y presentando fotografías de la fachada del inmueble para argumentar la inviabilidad de salir a la vía pública con semejante volumen de objetos sin ser advertido. Los magistrados han desestimado de plano sus alegaciones, calificando de certera la resolución inicial y recordando que el cliente nunca negó haberse alojado en esa estancia concreta. Además, el tribunal subraya que el hotel dispone de salidas de emergencia a través del sótano, vía por la que el autor consumó la sustracción.

Con esta resolución, el fallo adquiere firmeza y obliga al condenado a afrontar, al margen de la pena privativa de libertad y la restitución económica de los bienes, los intereses legales devengados y las costas procesales.

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