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Hizo falta que pasara un año en un entorno seguro para que el terror encontrara palabras. El silencio que envolvía el calvario de dos hermanas -de apenas 5 y 9 años en el momento de los hechos- se rompió de manera fortuita frente a un cajero automático en Almería, gracias a la protección brindada por una ourensana, actual esposa del padre de la más pequeña (la mayor tiene otro progenitor).
Lo que parecía un cotidiano paseo desembocó en el descubrimiento de unos abusos sistemáticos que ahora han supuesto para la madre de las víctimas, María Teresa R. L., una condena que supera los 40 años de cárcel.
El detonante se produjo cuando la ourensana regresaba de una procesión junto a una amiga. En la comitiva también iban sus dos niñas y la hija de su marido. Al alcanzar el cruce entre la calle Murcia y la avenida Federico García Lorca, tal como recoge la sentencia, pasaron por delante de una sucursal de Cajamar. En ese instante, una de las niñas se quedó repentinamente paralizada y muy asustada. Aquel escenario activó un recuerdo traumático: le hizo pensar en “los hombres malos con billetes azules en las manos”, en clara referencia al dinero con el que los agresores pagaban a su progenitora por prostituirlas tiempo atrás.
En medio de ese bloqueo, identificó que aquel cruce era el punto exacto donde los individuos las recogían a ella y a su hermana mayor (nacidas en 2017 y 2013, respectivamente). Fue entonces cuando terminó confesando a la esposa de su padre la explotación a la que eran sometidas por su propia madre. La más pequeña llevaba un año viviendo con el matrimonio por orden judicial a raíz de un proceso previo por presunto abandono por parte de Teresa R.L. -un asunto aún sin juzgar-, lo que forjó el clima de confianza necesario para que la pequeña hablara delante de su madrastra. Tras conocer los hechos, el progenitor interpuso la denuncia el 10 de mayo de 2023.
En relación con esta confesión inicial, la sentencia de la Audiencia de Almería ordena deducir testimonio contra Ana P., una examiga de la ourensana que también escuchó el relato de la menor tras la procesión. El tribunal señala que esta mujer corroboró los hechos durante la fase de instrucción, pero en el juicio oral se desdijo “sin dar ninguna razón convencible”, por lo que se investigará si ha cometido un delito contra la Administración de Justicia por mentir.
La resolución de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería, que fue recurrida, relata unos hechos de extrema crudeza. Se considera probado que María Teresa R. L. utilizaba a sus dos hijas para concertar citas con varones no identificados durante 2021 y 2022. Durante la prueba preconstituida, el testimonio de la mayor, que actualmente reside con su abuela paterna, reveló la magnitud del horror. Relató que “su madre lo preparaba todo” y que las obligaba a estar “media hora o una hora” con sus agresores sexuales.
El fallo detalla que los individuos, tras desnudarlas, las forzaban a realizar felaciones y llegaron a penetrar analmente a la niña más mayor, quien testificó que en una ocasión sufrieron abusos por parte de “cuatro” hombres simultáneamente.
Para lograr esta condena ha sido determinante el frente judicial y pericial conformado. Junto al Ministerio Fiscal y la Junta de Andalucía, cobraron un papel vital las acusaciones particulares integradas por el entorno protector de las niñas (representando al padre de la más pequeña y a la abuela de la mayor). Asimismo, fue esencial la intervención de la Asociación Márgenes y Vínculos; sus psicólogos elaboraron un informe pericial concluyendo que el testimonio de la mayor era “probablemente creíble” y confirmando que presentaba sintomatología y conocimientos inadecuados para su edad, compatibles con la violencia sexual.
El tribunal ha impuesto a la madre nueve años de prisión por cada uno de los dos delitos de explotación sexual (como autora) y catorce años y seis meses por cada uno de los dos delitos de agresión sexual a menores de 16 años (como cooperadora necesaria). Aunque las penas suman más de 40 años, el límite máximo de cumplimiento efectivo será de 20 años. Además, la condenada ha sido privada de la patria potestad, se le ha impuesto una orden de alejamiento a menos de 500 metros, y deberá indemnizar con 60.000 euros a cada una de sus hijas por los daños morales.
Por otro lado, la Sala ha absuelto a Alberto P. G., pareja sentimental de la madre en la época de los hechos. El tribunal determinó que no existían pruebas, más allá de una afirmación genérica en la prueba preconstituida, que acreditaran su participación o conocimiento sobre la red de abusos.
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