El plan de 20 años de impunidad de Martiño Ramos se desmoronó en cinco meses

"FUGA DE PELÍCULA"

Martiño Ramos lo vendió todo para ser invisible durante 20 años y esquivar su condena por agresión sexual a una menor de edad, pero su “fuga de película” en Cuba apenas ha resistido 5 meses.

La foto de Martiño Ramos en su perfil de Instagram en Cuba (ya desactivado).
La foto de Martiño Ramos en su perfil de Instagram en Cuba (ya desactivado).

Había diseñado una hoja de ruta meticulosa, casi cinematográfica. Vendió su piso, entregó su coche a un desguace y cruzó el Atlántico el pasado julio con una única cifra grabada en la mente: 20 años. Ese era el tiempo que Martiño Ramos Soto, de 50 años, necesitaba permanecer invisible para que prescribiera su condena de 13 años por abusar sexualmente de una exalumna menor de edad a la que impartió clases de música en sexto de Primaria. Sin embargo, su ambicioso plan de dos décadas de impunidad se desmoronó en apenas un verano.

El docente e integrante de las listas de Ourense en Común para el Concello de Ourense en 2015 y 2019 fue detenido el pasado viernes en La Habana por la Policía Nacional Revolucionaria de Cuba (PNR), poniendo fin a una fuga dorada que ha durado mucho menos de lo que tardó en planearla.

La caída de Ramos Soto está envuelta en una paradoja burocrática que evidencia la falta de fluidez en la comunicación entre ambos países. Mientras el Ministerio del Interior español lo incluía este lunes en la lista de los diez fugitivos más buscados, solicitando la colaboración ciudadana, Martiño llevaba ya tres días durmiendo en un calabozo cubano. Fue arrestado el viernes 21 en su vivienda del barrio de El Vedado, pero La Habana no notificó el arresto a Madrid hasta la tarde del lunes, obligando a retirarlo de la “lista negra” en apenas 12 horas después de haberlo publicado.

Durante estos escasos meses de libertad prestada, el pederasta intentó reinventarse bajo la identidad de “Martín Soto”. Con el pelo corto, sin su característica perilla y proyectando la imagen de un español de izquierdas amante de las artes, se mimetizó con la vida cultural de la isla. Frecuentaba exposiciones de fotografía, talleres de poesía y, según delataba su propia cuenta de Instagram, se rodeaba de mujeres jóvenes y bellas. “Intentaba casarse para favorecer su permiso de residencia”, según fuentes de la Interpol.

Intentó vivir como un isleño más, gastando el dinero obtenido tras liquidar su patrimonio en Ourense, convencido de que el océano era barrera suficiente para esquivar la sentencia de la Audiencia de Ourense que el Tribunal Supremo ratificó tras desestimar su recurso de casación a comienzos de julio. Adquirió firmeza en septiembre, cuando ya se había fugado.

El momento de la detención también retrata su perfil: conocido por su fama de manipulador, intentó jugar al despiste con los agentes cubanos, alegando que todo se trataba de una confusión. No funcionó. Ahora, el hombre que soñaba con regresar a España en 2044 como un hombre libre, se enfrenta a un escenario mucho más sombrío e inmediato: la prisión provisional en Cuba, donde puede permanecer hasta 90 días mientras se decide su extradición (pedida a finales de octubre por el Ministerio de Justicia español), según apuntan fuentes policiales consultadas. Fuentes del país caribeño apuntan a que podría estar recluido en la sede de la Seguridad del Estado cubano (G-2) en Villa Marista u otra dependencia adscrita al Ministerio del Interior (Minint). A partir de ahí, libertad o entrega al Gobierno español. No caben más opciones.

El desenlace de esta fuga reabre el debate sobre las medidas cautelares, pues Ramos Soto nunca pisó la cárcel durante la instrucción ni tras la condena de la Audiencia Provincial en julio de 2024. Tras la ratificación del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia el 28 de enero de 2025, ni la Fiscalía ni la Acusación Particular solicitaron la ejecución de la sentencia. A partir de ahí, el riesgo de fuga se potenciaba. La sala que le condenó en primera instancia tampoco movió ficha (podía haber pedido de oficio una comparecencia -artículo 505 LECr- para forzar a las partes a que solicitasen medidas cautelares porque de motu proprio no podía adoptarlas).

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