El Supremo confirma la anulación de la jornada laboral aprobada por Jácome

COMISIONES OBRERAS

El Tribunal Supremo ha dado el portazo definitivo al Concello de Ourense y confirma la anulación de su modificación de la jornada laboral impuesta por Jácome y recurrida por Comisiones Obreras

El Supremo confirma la anulación de la jornada laboral aprobada por Jácome
El Supremo confirma la anulación de la jornada laboral aprobada por Jácome

El Tribunal Supremo ha dado el portazo definitivo al Concello de Ourense y confirma la anulación de su modificación de la jornada laboral impuesta por Jácome y recurrida por Comisiones Obreras. El Supremo ha puesto punto final a la batalla judicial emprendida por el Concello de Ourense sobre la regulación de la jornada y los horarios municipales. En una providencia fechada el 20 de noviembre de 2025, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación que había presentado el Concello. Esta decisión convierte en firme la sentencia previa del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de junio de 2024, que ya había fallado en contra de la administración local.

El Alto Tribunal ha sido contundente en sus motivos para ni siquiera entrar a debatir el fondo del asunto. Según los magistrados, el escrito del Concello no fundamentó suficientemente por qué este caso tenía “interés casacional”, es decir, no logró justificar que el problema tuviera la relevancia necesaria para sentar jurisprudencia a nivel nacional. El Supremo reprocha a los servicios jurídicos municipales el uso de afirmaciones genéricas y la falta de argumentos útiles para demostrar que la sentencia gallega afectaba gravemente al interés general o que fuera extrapolable a otras situaciones.

En la práctica, esta resolución confirma que la actuación del gobierno de Jácome fue incorrecta al intentar aprobar mediante la Junta de Gobierno una modificación que requiere la intervención del Pleno. El Supremo aclara que la sentencia del TSXG no despoja de competencias a la Junta de Gobierno de forma general, sino que, en este caso específico, actuó indebidamente al intentar ratificar o revisar un acuerdo que competía al Pleno municipal para su subsanación.

El varapalo judicial obliga al gobierno local a acatar el fallo anterior y condena al Concello al pago de las costas.

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