El Supremo no admite el recurso a la condena a Jácome por vulnerar derechos fundamentales al retirar la palabra a Natalia González

DEBERÁ LEER EL FALLO Y COSTAS

La decisión del Tribunal Supremo confirma que en los plenos del concello se vulneraron derechos fundamentales, en particular los de la portavoz socialista Natalia González. Tal como recogía la sentencia, Jácome tendrá que leer el fallo en pleno municipal y además deberá pagar las costas del proceso.

Publicado: 24 feb 2026 - 15:13 Actualizado: 10 mar 2026 - 12:29
Jácome, en el juzgado este viernes, 13 de febrero
Jácome, en el juzgado este viernes, 13 de febrero | Miguel Ángel

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a Pérez Jácome por vulnerar el derecho fundamental a participar en asuntos públicos de la portavoz socialista en el Concello, Natalia González. Lo hizo en un Pleno celebrado el 26 de octubre de 2023, en el que, según la sentencia del Contencioso 1, el alcalde interrumpió a la concejal, incluso llegando a silenciar el micrófono.

A continuación, realizó una intervención personal en la que hizo alusiones personales a Natalia González, sin concederle después un turno por alusiones. Posteriormente, volvió a retirarle la palabra. La jueza del Contenciosó 1 señaló en su sentencia que el alcalde se extralimitó de sus funciones.

“Tal actuación supone un claro abuso de las facultades concedidas. (…) Además, los términos y expresiones que dirige a la concejal recurrente, con la que llega a polemizar, no se corresponden con el respeto institucional que ha de imperar en la sede y sesión plenaria en la que se producen”, indica en el fallo.

El Concello recurrió esta decisión judicial tanto al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia como al Supremo, ratificando ambos la decisión de la magistrada de instancia.

En el caso del alto tribunal, rechaza en una providencia el recurso presentado y recuerda que la valoración de prueba no tiene cabida dentro de la casación. “A sentenza confirma que estas prácticas foron contrarias ás garantías democráticas básicas que deben rexer o funcionamento dun órgano representativo como o Pleno”, aseguró ayer la concejal socialista María Fernández Ojea.

Por su parte, Natalia González recalcó que fue necesaria la intervención del Supremo para garantizar los derechos fundamentales en los Plenos. “Iso non é normalidade democrática. Ourense merece un goberno que respecte as institucións, a pluralidade e as regras do xogo democrático sen que teña que llo lembrar un xulgado”, aseguró.

Lectura en el pleno

Además, la sentencia ratificada ahora por el Tribunal Supremo obliga a publicar el fallo en la web oficial del Concello y a que Jácome lo lea en el Pleno. Por otra parte, el alto tribunal impone a la parte recurrente el pago de las costas procesales a Natalia González, fijado en mil euros, más el IVA si procediese.

“O máis grave é que este procedemento podería terse evitado cun comportamento institucional correcto e respectuoso cos dereitos fundamentais dos representantes electos. Pola contra, optouse por prolongar o conflito ata a máxima instancia xudicial do Estado”, señaló Fernández Ojea.

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