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DESDE 1996
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dictado una sentencia que resuelve la reclamación de responsabilidad patrimonial de los propietarios del solar de la calle Progreso, 49. El fallo ratifica que el Concello de Ourense debe indemnizar a los herederos de los solicitantes originales tras la anulación de una licencia concedida en 1996.
Durante la tramitación de aquel expediente, la administración municipal no recabó el informe preceptivo de Patrimonio Cultural, requisito necesario al ubicarse la parcela en el entorno de protección de As Burgas. El conflicto se reactivó en 2014 tras el inicio de la demolición y el hallazgo de restos arqueológicos, momento en el que el Concello detectó la falta de dicho informe técnico. En febrero de 2017, la junta de gobierno local declaró la nulidad de pleno derecho de la licencia original, decisión confirmada por el TSXG en 2021.
La resolución determina que la anulación de la licencia de 1996 generó perjuicios que la administración debe resarcir, al resultar los gastos originales ahora inservibles. La cuantía se ha fijado en 53.448,61 euros, frente a los poco más de 9.000 que se habían señalado en primera instancia. Esta cifra desglosa 44.271,5 euros por los honorarios del proyecto técnico inicial y 9.177,11 euros por la tasa abonada en 1995 por la licencia anulada. A estas cantidades se sumarán los intereses.
Actualmente, el proyecto tramita una nueva licencia. En septiembre de 2022, el tribunal autonómico reconoció el derecho a edificar.
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