El Constitucional estudiará el recurso del Defensor del Pueblo contra la caza del lobo

PROTECCIÓN ANIMAL

El recurso se dirige a tres disposiciones: la adicional octava, la transitoria única y la final decimonovena

Un lobo ibérico por un prado del territorio español.
Un lobo ibérico por un prado del territorio español.

El Tribunal Constitucional (TC) se prepara para admitir a trámite el recurso del Defensor del Pueblo contra tres disposiciones de la ley de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario, que permiten la caza del lobo. La ponencia corresponde al magistrado progresista Juan Carlos Campo, que propone su admisión con respaldo mayoritario del Pleno, según fuentes jurídicas.

El recurso se dirige a tres disposiciones: la adicional octava, la transitoria única y la final decimonovena. El Defensor del Pueblo argumenta que las dos primeras vulneran el derecho al medioambiente y la tercera, el derecho a la tutela judicial efectiva. Considera especialmente preocupante que la disposición adicional octava permita justificar la caza de lobos y otras especies protegidas por su impacto en “la eficiencia del sistema productivo”.

La disposición transitoria única establece que, si cambia el régimen de protección comunitario, las poblaciones de lobo al sur del Duero saldrán automáticamente del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE), sin que las autoridades españolas puedan valorar datos sobre su función ecológica.

En cuanto a la disposición final decimonovena, que excluye del LESPRE a los lobos al norte del Duero, el Defensor cuestiona su constitucionalidad por falta de “la mínima información técnica o científica que respalde su adopción”. La Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica pidió al Defensor del Pueblo que solicitara medidas cautelares para “paralizar cualquier medida de muerte y caza de lobos”.

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