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CONFLICTO INTERNACIONAL
El Tribunal General de la UE -en primera instancia del TJUE- revocó ayer el derecho de la cadena de comida rápida estadounidense McDonald's a utilizar en exclusiva la marca “Big Mac” por no demostrar su uso efectivo en la Unión durante un período ininterrumpido de cinco años respecto de determinados productos y servicios. Esta sentencia es el resultado de un litigio que se remonta a 2017, cuando la cadena de comida rápida irlandesa Supermac's presentó una solicitud de caducidad de la marca, que fue registrada a favor de McDonald’s en 1996, con respecto a determinados productos y servicios.
En su fallo de ayer, el Tribunal General limita aún más la protección otorgada a McDonald’s por la marca “Big Mac”, ya que considera que McDonald’s no demostró que dicha marca fuese objeto de un uso efectivo, en concreto, en lo que se refiere a productos como sándwiches de pollo, platos a base de productos de aves y rechaza entender “Big Mac” como sinónimo de los propios servicios y restaurantes de la cadena estadounidense.
De este modo, McDonald`s pierde sus derechos exclusivos sobre la marca “Big Mac”, lo que permitirá a otras cadenas y compañías hacer uso de esta denominación para designar sus productos en el territorio de la UE.
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