La violencia económica contra las mujeres, invisible y frecuente
25N
Pasa por la restricción de decisiones, el control de gastos, el sabotaje laboral y la explotación
Miles de mujeres se enfrentan todos los días a un tipo de violencia que quizás no les deje marcas físicas, pero sí limita y frena el desarrollo de sus vidas: la violencia económica.
Más allá de la desigualdad económica que todavía afronta el sexo mayoritario y cuyo máximo exponente es la brecha salarial - las mujeres en Europa trabajan “gratis” desde el 17 de noviembre -, cuando en esta disparidad entra en juego la coacción o las amenazas, sea o no dentro de la pareja, se pasa ya a hablar de violencia económica, una de las formas de violencia de género más habitual y duradera en el tiempo, pero la menos analizada.
De hecho, uno de los últimos estudios realizados sobre ella data de 2023. En el informe “Estudio de la violencia económica contra las mujeres en sus relaciones de pareja o expareja”, el Ministerio de Igualdad señala - en base a la macro encuesta de violencia contra la mujer de 2019 -, que la violencia económica es la tercera manifestación más frecuente de la violencia de género. Se estima que puede afectar a más de 2.350.684 mujeres.
Esta es una de las pocas estadísticas sobre este tipo de violencia contra la mujer que existe pues, pese a ser la más transversal por las múltiples formas que presenta, todavía es de las menos nombradas y, con ello, denunciadas.
Desde la prohibición en la toma de decisiones de la economía familiar y el control de gastos, pasando por el sabotaje laboral y hasta la explotación económica, presenta tantas caras como víctimas y agresores.
Muchas de las víctimas no reconocen estos hechos como violencia y nunca llegan a denunciarlo. Esta misma dependencia económica en la que se encuentran les supone una barrera para hacerlo. Además, no ayuda que no esté tipificada como delito, ni siquiera mencionada en la actual ley de violencia de género.
Falta de un marco jurídico
Si bien ha habido ciertos avances - aparece citada en el Convenio de Estambul y también recogida en el texto del nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género -, falta todavía un marco jurídico claro y, sobre todo, jurisprudencia al respecto.
Así lo defiende el magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), Fernando Lousada. El juez, pionero al redactar la primera sentencia que incluyó una indemnización por acoso sexual en el trabajo, y autor además de libros como “El enjuiciamiento de género” conversó sobre las violencias de género invisibilizadas con motivo del Día Mundial por la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, 25N.
Si bien la digital y la vicaria están cada vez más presentes en el debate público, no es así para la económica. De hecho esta última puede ser una herramienta para ejercer otras violencias como la vicaria, puesto que las mujeres continúan siendo el progenitor custodio de los menores en la mayoría de separaciones de pareja. “La crueldad se multiplica con la maternidad”, lamentó el magistrado. Lousada puso el foco en el “nulo” valor que se le da al trabajo de las mujeres en el seno de las familias.
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