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VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES
Una sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Ourense, la 366/2024, condena al Concello de O Barco a abonar 49.181 euros a cada uno de los 10 integrantes del Grupo de Emerxencias Supramunicipal (GES) Valdeorras que firmaron una demanda, sumando un total de 491.810 euros. Los trabajadores reclamaron por los daños y perjuicios ocasionados debido a la vulneración de derechos fundamentales, como la falta de formación preventiva o coordinación en su actividad. Contra este fallo, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
En su demanda, los empleados pidieron indemnizaciones por la vulneración de sus derechos, basándose en una sentencia previa del Juzgado de lo Social número 1 de Ourense. Solicitaron compensación por la omisión de actividades que deberían haber sido realizadas para proteger su integridad.
El juzgado identificó estas vulneraciones en el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, particularmente en aspectos como la elaboración de procedimientos de trabajo, falta de coordinación empresarial, y carencia de información y formación preventiva adecuada para los GES. Esto infringía el artículo 15 de la Constitución española, que protege el derecho a la vida e integridad física.
La sentencia subraya la gravedad de los incumplimientos, dado el riesgo inherente a las funciones del grupo de emergencias, que repetidamente pusieron en peligro la integridad física de los trabajadores.
En cuanto a las infracciones en prevención de riesgos laborales, se considera adecuada una multa de 49.181 euros, aplicando el importe mínimo para infracciones calificadas como muy graves.
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