Bono Concilia Familia de la Xunta 2024: qué ofrece y cómo solicitarlo

13.500 FAMILIAS BENEFICIADAS

El Bono Concilia Familia de la Xunta de Galicia continuará activo. Esto es lo que ofrece y los requisitos para solicitarlo

Publicado: 16 sep 2024 - 14:05 Actualizado: 16 sep 2024 - 19:06

CARTÓN - 2024-09-16T190616.746
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Tras el Consello de la Xunta de Galicia celebrado este lunes, Alfonso Rueda, máximo mandatario autonómico, ha anunciado las medidas acordadas. Entre ellas, Rueda notificó una nueva edición del Bono Concilia Familia, que busca ayudar a las familias a una mejor conciliación con los más pequeños.

¿Qué es el Bono Concilia Familia?

El Bono Concilia Familia es una ayuda económica destinada a cubrir necesidades puntuales de conciliación para las familias. Esta ayuda para los niños contribuye al pago de servicios de atención, ya sea a domicilio o en servicios de conciliación autorizados.

¿Qué ofrece?

En esta edición, se amplió un 66% la financiación para este bono, que destinará entre 200€ por niño para "ir a un campamento, a unha ludoteca..." hasta 500€ por unidad familiar para poder, por ejemplo, contratar a un cuidador.

¿Quién puede beneficiarse del bono?

Podrán beneficiarse aquellas familias que residan en Galicia y tengan hijos o hijas menores de 13 años, siempre que necesiten un recurso para cubrir necesidades puntuales relacionadas con la conciliación entre sus obligaciones laborales, personales y sus responsabilidades familiares.

Asimismo, la edad de los niños también se amplía, siendo válido para aquellos que cumplan 13 años en el 2024. Las familias que alcanzarán con este bono ascenderán de las 11.000 de 2023 a las 13.500 que se esperan con esta edición.

¿Cómo se puede solicitar este bono?

Al presentar la solicitud del Bono Concilia Familia, es necesario entregar la siguiente documentación:

Para la contratación de servicios de atención domiciliaria, servicios de conciliación autorizados o campamentos:

  • Facturas originales con el detalle del día y hora(s) en que se prestó el servicio, junto con los comprobantes bancarios que acrediten el pago.
  • Justificación documental de la situación específica que da derecho a recibir la ayuda.

Para la contratación de una persona por cuenta ajena del hogar o ampliación de un contrato preexistente:

  • Contrato de trabajo que especifique el período de contratación, el objeto del contrato y el horario en el que se presta el servicio.
  • Comprobantes bancarios del pago de la nómina y de las cotizaciones a la Seguridad Social.

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