TRIBUNALES

La clausura de La Bull en la Navidad de 2015 estuvo “motivada", dice un juez

De esta forma, el TSXG rechaza una indemnización por lucro cesante y daños morales a la empresa encargada del local

Una sentencia del Contencioso Administrativo 1 de Ourense desestimó un recurso de Videomapatresd SL contra el decreto del Concello de Ourense que el 12 de diciembre de 2015 dispuso el cierre y el precinto cautelar de la discoteca La Bull, en la calle Arturo Pérez Serantes de la ciudad, porque carecía de licencia de apertura, una situación que se prolongó hasta el 29 de septiembre del año siguiente. Un vecino había denunciado diversas deficiencias en el proyecto técnico de legalización de la discoteca (en materia de accesibilidad y seguridad en caso de incendio).

El fallo l, que fue recurrido ante el TSXG, considera que la clausura "fue proporcionada y motivada", rechazando una indemnización por lucro cesante (la ganancia que ha dejado de obtener) y daños morales. El magistrado ponente recuerda que la entidad mercantil asumió el riesgo de clausura de la actividad hostelera "cuando abrió la discoteca al público a principios de noviembre de 2015 sin disponer de resolución expresa de otorgamiento de la licencia de apertura, con plenos conocimiento de las razones por las que el Ayuntamiento no la concedía".La empresa demandante pretendía obtener la licencia de apertura por silencio administrativo del Concello.

La sentencia recuerda que el recurrente ya había solicitado ser indemnizada en otro procedimiento tramitado en paralelo en el Contencioso Administrativo 2. Ese juzgado acordaba en junio que el Concello indemnizase por lucro cesante a la discoteca por la paralización del a actividad del negocio entre el 8 de diciembre de 2014 hasta el día en que se produjo la concesión de la licencia de apertura.

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