Desescalada

¿Cuándo y dónde es obligatoria la mascarilla en Ourense?

Rúa do Paseo en el primer día de uso obligatorio de mascarillas.
photo_camera Rúa do Paseo en el primer día de uso obligatorio de mascarillas.
Hoy entra en vigor la orden del BOE que obliga a usar los artículos de protección en espacios públicos y cerrados a los mayores de 6 años, pero la norma no es siempre aplicable. Descubre cuándo hay que usar mascarilla y cuándo no.

Desde hoy el uso de mascarillas en Ourense y en todo el país es obligatoria y no hacerlo supondrá multas de entre 600 y 3000 euros, pero ¿cuándo hay que usar y cuándo no este artículo de protección?

De paseo 

La orden ministerial publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge que los ciudadanos deben llevar puesta la mascarilla en espacios públicos y cerrados, siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad. Esto supone que todos debemos salir de casa con ella, y nos la podremos quitar en aquellos casos en los que no haya mucha gente y podamos garantizar los dos metros de separación entre personas. Así, si salimos a pasear  por una zona no concurrida podremos obviar su uso, pero si nos encontramos en una zona con mucha afluencia, tendremos que colocárnosla de forma inmediata. De lo contrario, podríamos ser sancionados.

Para hacer deporte

Depende. Igual que en el caso de los paseos, si se va a estar cerca de otras personas y atendiendo al BOE sí es obligatorio su uso, pero si lo hacemos en zonas no concurridas pueden no llevarse. En cualquier caso, la orden ministerial prevé como excepción que se deje de proteger una persona en el “desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla”. Así lo ha dicho además el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), Fernando Simón, que comentó que "tenemos que ser razonables; si se hace un deporte de alto esfuerzo es muy difícil hacerlo con algún tipo de mascarilla"

En terrazas

En el caso de las terrazas, los ciudadanos pueden retirarse el artículo de protección, ya que las mesas deben estar debidamente separadas entre sí garantizando la distancia de seguridad entre personas. Asimismo, si vamos acompañados tenemos que mantener los dos metros de separación con nuestros compañeros de terraza.

Restaurantes y tiendas

Igualmente, en espacios cerrados su utilización es obligatoria en casos en los que no sea posible separarnos adecuadamente de las otras personas.

Excepciones

La obligatoriedad es para la mayoría de población española, ya que todos los mayores de 6 años deben usar la mascarilla y en pequeños de 3 a 5 años es recomendable. Sin embargo, hay cuatro excepciones en las que su uso no es obligatorio.

Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

-Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

-Causa de fuerza mayor o situación de necesidad

Multas

Durante las primeras jornadas las autoridades realizarán un control sobre su uso, pero podrán aplicar la Ley de Seguridad Ciudadana (ley mordaza) apelando a la desobediencia del infractor, si no se atienden sus requerimientos para colocarse una mascarilla o moverse a un lugar poco transitado.

Las multas por no llevar mascarilla podrían ser de 601 euros si se aplica la Ley de Seguridad Ciudadana o de hasta 3000 euros atendiendo a la entrada la Ley General de Salud Pública, pero de acuerdo con los policías solo se aplicarían en casos muy especiales..

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