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Este indicador, el índice del precio del alquiler, es una de las medidas estrella de la Ley de Vivienda, pero únicamente se puede aplicar cuando una comunidad autónoma solicita declarar una zona como área tensionada
La estadística será clave si una ciudad quedase declarada como zona tensionada. Techará el precio de los nuevos contratos de arrendamiento de los inmuebles propiedad de grandes tenedores, así como de los pisos que no hayan estado en alquiler durante los últimos cinco años.
Los grandes tenedores son las personas físicas o jurídicas que tengan más de diez inmuebles urbanos, aunque si están todos en la misma zona tensionada, el número baja a cinco.
En estos casos los contratos no podrán establecer una renta mayor al valor superior del rango que ofrezca el sistema. El índice de referencia publicado por el Gobierno solo se aplica a pisos de entre 30 metros cuadrados y 150 de superficie que tengan más de cinco años de antigüedad.
Por otro lado, en el caso de los alquileres en vigor se podrá aplicar la subida máxima anual del 3% durante a lo largo de este año. A partir de 2025, el incremento máximo será establecido por un nuevo índice que deberá elaborar el Instituto Nacional de Estadística
La herramienta del Ministerio de Vivienda tiene en cuenta para elaborar el rango de alquileres los siguientes elementos:
Para consultar la valoración el índice de referencia de precios alquiler deberá consultar la siguiente web del Ministerio de Vivienda, AQUÍ.
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