Crimen de Velle: un jurado dividido

DEBATE ENTRE EL TRIBUNAL

Por un solo voto durante la deliberación no prosperó que el acusado tenía la mente muy alterada

M. Sánchez

Publicado: 23 nov 2024 - 06:30 Actualizado: 23 nov 2024 - 08:10

Diego Rodríguez Torres escucha el veredicto del jurado en la tarde-noche del jueves.
Diego Rodríguez Torres escucha el veredicto del jurado en la tarde-noche del jueves.

En las siete horas de deliberación del tribunal popular designado para enjuiciar el crimen de Velle, con cinco hombres y cuatro mujeres de mediana edad, hubo acalorado debate y división de pareceres entre los nueve jurados. Durante los tres días de juicio, escucharon con atención, según resaltaron todos los abogados del caso. Se emocionaron cuando declaró la madre de joven asesinada y confesó la fractura vital que supuso este traumático crimen. Y cuando llegó el momento de la deliberación, confrontaron distintos pareceres y sensibilidades.

No todos calibraron de la misma manera la afectación que tuvo la esquizofrenia paranoide crónica que padece el ya condenado, Diego Rodríguez Torres (38 años), en el asesinato de la joven Ana Balboa (22 años) y el asesinato intentado de su novio Álvaro Blanco en la madrugada del 10 de febrero de 2021 en su casa de A Batundeira, en la localidad de Velle.

Finalmente, porque la mayoría así lo decidió, concluyeron que la psicosis del acusado apenas influyó en su acción criminal. Cinco de los nueve jurados refrendaron que la enfermedad mental, con sintomatología delirante y para la que precisa medicarse, “limitaba levemente su capacidad de entender y actuar de acuerdo a tal comprensión”. En términos jurídicos, implica que se le apreciará una atenuante simple (con poca rebaja de pena en la horquilla de los 15 a los 25 años de prisión con los que se castiga el delito de asesinato y los siete años y medio y los 15 de la tentativa).

Los letrados no dudan en que "hubo una discusión importante" durante la deliberación. Fue "un caso complejo"

Pero en la deliberación hubo cuatro miembros del jurado que consideraron que Rodríguez Torres estaba muy alterado por su enfermedad cuando acuchilló a sus vecinos: es decir, la patología que sufre limitaba considerablemente su capacidad de entender y actuar (en primer término rechazaron por unanimidad que el ataque fuese fruto de un delirio total). Al ser este supuesto un hecho favorable al acusado, un voto más hubiera sido más que suficiente para estimar la eximente incompleta por estar bastante alterado. La Ley del Jurado exige cinco votos de nueve para considerar probado un hecho favorable a los inculpados y siete de nueve para validar las cuestiones desfavorables.

Este sentir del jurado no ha pasado desapercibido para los letrados de la acusación particular y la defensa tras analizar el objeto de veredicto, que constaba de 17 cuestiones. “El jurado estuvo muy dividido y me causa un gran dolor porque por un solo voto no se apreció una de las posturas que yo planteaba, que sus facultades mentales estaban muy mermadas y tenía limitada considerablemente su capacidad de comprensión, lo que hubiera rebajado la pena que se le va a imponer a la mitad”, aseguraba ayer la abogada de la defensa, Mónica Víctor Fortes.

A su compañero de estrado, Jorge Temes, quien acusó representando a la familia de la joven asesinada, también le llamó la atención. “A punto estuvieron de considerar la eximente incompleta, pero eso no influirá en la sentencia finalmente porque la mayoría estimó que las facultades solo estaban limitadas levemente”, explica. Al letrado no le cabe duda que fue “un caso complejo” en el que el jurado “escuchó a muchos psiquiatras que hablaron de los antecedentes de Diego con otros brotes, y eso influyó en la determinación del jurado”. Temes está convencido que “hubo una discusión importante” durante la deliberación.

Asesinato u homicidio

Los jurados estimaron por unanimidad que el apuñalamiento del superviviente, Álvaro Blanco, fue una tentativa de asesinato porque hubo alevosía. El ataque, tras abrir la puerta en plena madrugada, fue sorpresivo e inopinado. “Se abalanzó sobre él sin posibilidad de defensa”, concluyeron. Y aunque no prosperó el ensañamiento (la reiteración de cuchilladas quiso causar más dolor y sufrimiento), hubo un jurado que sí lo contempló.

En el caso de la muerte de Ana, hubo más debate. Salió adelante el asesinato frente al homicidio porque siete jurados sostuvieron que se hallaba indefensa cuando hizo acto de presencia y se interpuso en la agresión. Dos opinaban que sí pudo defenderse lo que hubiera rebajado el delito a homicidio.

En cuanto al ensañamiento -alegado por la defensa por las 28 lesiones halladas en el cuerpo durante la autopsia-, hubo una persona que sí lo apreció. Jorge Temes destaca que la mayoría desestimó esta agravante por las palabras de uno de los forenses que practicaron la autopsia. Fernando Serrulla habló de dos heridas penetrantes en el cuerpo de Ana (afectaron a la arteria aorta y le causaron la muerte por hemorragia interna) y el resto las calificó de “superficiales”.

Las penas

El veredicto final supondrá para Diego una condena de más de 20 años de cárcel (la fiscal pide un total de 24 años y medio) porque fue declarado culpable de dos delitos de asesinato: uno consumado y una tentativa, aunque la magistrada le rebaje levemente la pena por la atenuante simple de alteración psíquica apreciada por el jurado.

A un solo voto estuvo de una eximente incompleta, o lo que es lo mismo, penas reducidas a la mitad. “Con una atenuante muy cualificada podría rebajarse la pena uno o dos grados, lo normal es uno, por lo que en el asesinato consumado la pena se movería entre los 7 años y 6 meses hasta un máximo de 15 o entre los casi 4 años a los 7 años y medio si se bajan dos grados”, explica Víctor Fortes. En le caso de la tentativa, la horquilla va de los 3 años y 9 meses a los 7 años y medio.

Contenido patrocinado

stats