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DESESTIMADO EL RECURSO
El intento del alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, de echar balones fuera en el acoso laboral que sufrió la jefa de la Policía Local, María Barrera, por parte del exconcejal de Seguridad Ciudadana Telmo Ucha se ha topado de bruces con el varapalo de los jueces del alto tribunal gallego. El TSXG no solo desestima el recurso de súplica presentado por el Concello, lo que implica que debe indemnizar a la demandante, sino que afea la conducta del mandatario local de la tercera ciudad de Galicia. Las manifestaciones vertidas por Jácome en los plenos y en las redes sociales son “absolutamente impropias de un mandatario público que ejerce autoridad”. En ellas, coligen que “se está mofando de la denuncia de acoso presentada por la jefa de la Policía Local, insinuado que la acosadora es ella, lo cual afecta a la dignidad de esta”.
La nueva sentencia refrenda por completo los argumento del juez del Social 1 que el 27 de noviembre de 2023 condenó a Ucha pero también al Concello por su inacción a la hora de activar el protocolo de acoso e “infringir la normativa laboral en materia de riesgos laborales”. Y ello tiene consecuencias económicas: deben pagar a Barrera una indemnización de 30.000 euros de forma conjunta y solidaria por los daños sufridos por la intendente-jefa (enfermó y causó baja laboral entre abril de 2022 y septiembre de 2023), además de las costas derivadas del recurso (750 euros).
El Concello intentó eludir responsabilidades en el acoso, que tan siquiera llegó a discutir en sus alegaciones al responsabilizar al exedil y reducirlo “a un conflicto competencial entre la demandante y el concejal de Seguridad”. Alegó que, cuando tuvo conocimiento del los hechos cometidos por Ucha, Barrera ya estaba en situación de incapacidad temporal. El alcalde sostuvo que la primera comunicación que tuvo de Barrera fue la del 19 de mayo de 2022 en relación con la apertura de su despacho y la retirada de sus efectos personales y que la denuncia de acoso que obra en el Concello es un escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos el 2 de junio de 2022 cuando ella ya estaba de baja.
Tal como hizo el juez que dictó la primera sentencia, el TSXG hace suyos sus argumentos y asegura que “dicho razonamiento no puede ser admitido, pues se incurre en un círculo vicioso”. Para los magistrados, la inacción del Concello demandado constituye una infracción en materia de prevención de riesgos laborales. La ley establece “el derecho de todo trabajador a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo y que lleva consigo el correlativo deber del empresario de proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales”. El fallo del Juzgado Social recalcaba la necesidad de poner en marcha el protocolo y cerrarse en caso de que la denuncia del trabajador es infundada. “Lo que nunca procede ante una denuncia por acoso es no hacer nada, como ha hecho el Concello”.
El alto tribunal tiene claro que el alcalde miente cuando sostuvo que no sabía nada de la animadversión de Ucha hacia María Barrera. “Sin duda era conocida en el ámbito del Concello, pues se trataba de manifestaciones en redes sociales, en prensa y en las propias dependencias del Concello”, asegura. Y le resulta sorprendente que Jácome no tuviera conocimiento de la orden del exedil de entrar en el despacho de la jefa policial con un cerrajero -”hecho de suma gravedad”, dicen- a los pocos días de la baja. Los jueces califican de “desproporcionada y denigrante” la actuación “para desalojar por la fuerza un despacho de un funcionario público que por razón de su cargo tiene derecho a ocupar ese despacho, derecho que no extingue cuando el titular se encuentra de vacaciones, en situación de incapacidad temporal etcétera”.
El fallo del TSX admite recurso de casación ante el Supremo previa presentación de una fianza.
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