CHOQUE INSTITUCIONAL
Conde-Pumpido pide aplicar la amnistía a la malversación del “procés” catalán
CHOQUE INSTITUCIONAL
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, criticó que existió una contradicción “flagrante e insoluble” del Tribunal Supremo (TS) por no haber aplicado la amnistía a dirigentes del “procés” condenados por malversación y apuesta por aplicarla a la exconsellera Dolors Bassa. Así se desprende del borrador redactado por el propio Conde-Pumpido de la ponencia en la que estima el recurso de amparo presentado por la dirigente de ERC, según contaron fuentes jurídicas. El texto señala que el Supremo emitió en el mismo procedimiento dos pronunciamientos distintos y “recíprocamente inconciliables” sobre la idoneidad de las conductas enjuiciadas para lograr la secesión territorial de Cataluña. Por un lado, señalan, está el pronunciamiento que se realiza en la sentencia, que niega su idoneidad y, por otro, el pronunciamiento que se hace “en un incidente de la fase de ejecución de sentencia” y que afirma su idoneidad.
En concreto, las fuentes indican que el borrador habla de dos autos en los que el alto tribunal justifican que concurre uno de los presupuestos que permiten no aplicar la ley de amnistía, en tanto que asocian el riesgo de afectación de los intereses financieros de la Unión Europea a que existió un riesgo de ruptura territorial.
Esto constituye, a juicio del presidente del Constitucional, una contradicción “flagrante e insoluble y supone una quiebra de racionalidad inconciliable” con la garantía de que nadie se vea sometido a razonamientos que presenten de forma manifiesta un carácter contradictorio, irrazonable y carente de sentido lógico. Además, el borrador recoge, de acuerdo con las mismas fuentes, que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la dirigente independentista y subraya que en los hechos por los que que fue condenada Bassa concurren los presupuestos que determinarían su encaje dentro del ámbito de aplicación de la ley de amnistía.
El texto critica que las resoluciones judiciales del Supremo consideran que la disposición de fondos públicos para la celebración del referéndum no debe beneficiarse de la medida de gracia en tanto que supuso un enriquecimiento personal en forma de ahorro. Una interpretación para la que el Supremo necesita reducir a la irrelevancia el nexo entre la conducta malversadora y los actos del proceso independentista y atenerse a una línea argumental en la que resulta “absolutamente indiferente” la idoneidad de la medida para la realización del fin último de la ley, esto es, el “apaciguamiento” del conflicto.
Por todo ello, concluye que las resoluciones del Supremo incurrieron “en una interpretación impredecible de los preceptos aplicables” y no mantuvieron el nexo de coherencia necesario “entre la decisión adoptada, la norma que le sirve de fundamento y los fines que justifican la institución de la amnistía”, por lo que estiman el recurso de amparo de Bassa y avala aplicarle la amnistía.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
CHOQUE INSTITUCIONAL
Conde-Pumpido pide aplicar la amnistía a la malversación del “procés” catalán
CRISIS DE LA VIVIENDA
El Gobierno quiere prorrogar alquileres y vetar desahucios
SIETE DÉCADAS EN SU PISO
Maricarmen podrá volver a casa tras alcanzar un acuerdo con Urbagestión
Lo último
Luis Carlos de la Peña
CAMPO DO DESAFÍO
Construir, habitar, pensar
V ENCUENTRO
Lobios reunió educadores de España y Portugal
Ramón Pastrana
LA PUNTILLA
Fútbol
MESES TRABAJANDO
Sandiás limpia caminos para prevenir incendios