Publicado el decreto que obliga a indemnizar con un año de renta a los inquilinos si el casero rescinde el contrato sin causa

POSIBLE DEROGACIÓN

El BOE publica el segundo decreto de vivienda con prórrogas obligatorias de cinco años para los alquileres e indemnizaciones de 12 meses por rescisión sin causa, aunque la norma aboca a la derogación este viernes por la falta de apoyos en el Congreso

Cartel que anuncia que se alquila un piso en la ciudad.
Cartel que anuncia que se alquila un piso en la ciudad.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el segundo Real Decreto Ley de Vivienda, una norma que introduce la prórroga automática y sucesiva de los contratos de alquiler por periodos de cinco años —o siete años si el arrendador es persona jurídica— y establece una indemnización mínima de 12 mensualidades a favor del inquilino si el propietario decide no renovar sin una causa contemplada por la ley. Pese a entrar formalmente en vigor, la medida nace con un horizonte incierto: el Pleno del Congreso debatirá su convalidación este viernes a las 11:00 horas, donde el rechazo ya anunciado por PP, Vox y Junts aboca a la norma a una derogación casi segura en el mismo día de su estreno.

El texto articulado fija que, al término del contrato, este se prorrogará obligatoriamente salvo comunicación en tiempo y forma. Si el propietario se niega a renovar sin justificación, deberá abonar al arrendatario una compensación calculada mediante el índice de precios de referencia que no podrá bajar de una mensualidad por año residido, alcanzando al menos el equivalente a 12 meses de alquiler. La norma excluye el pago de esta indemnización en casos específicos: cuando la vivienda se ponga a la venta, cuando el casero la necesite para uso personal o de familiares hasta segundo grado de consanguinidad, si se suscribe un nuevo contrato o si el inquilino rechaza una oferta fehaciente de renovación.

El nuevo régimen se proyecta sobre los contratos de vivienda habitual vigentes respecto a sus vencimientos o prórrogas posteriores a la publicación en el BOE, afectando también a las relaciones contractuales en tácita reconducción con determinados periodos de aviso previo. Sin embargo, al haber acelerado el Gobierno la convocatoria del pleno extraordinario renunciando al margen habitual de 30 días, la falta de mayoría parlamentaria provocará que la norma pueda quedar completamente anulada este viernes, impidiendo la consolidación práctica del nuevo régimen de indemnizaciones y prórrogas.

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