Fiscalía de Galicia pide el indulto parcial para el maquinista del Alvia

Accidente de Angrois

La Fiscalía considera desproporcionado el cumplimiento íntegro de la pena y avala un indulto parcial, aunque rechaza eximirle por completo por la gravedad del accidente de Angrois

Francisco Garzón a la salida del juicio en Santiago.
Francisco Garzón a la salida del juicio en Santiago. | La Región

La Fiscalía Superior de Galicia ha informado favorablemente sobre la concesión de un indulto parcial al maquinista del tren Alvia, condenado por el trágico accidente ferroviario ocurrido en Angrois el 24 de julio de 2013. El Ministerio Fiscal, a través de un comunicado emitido por su gabinete de prensa, argumenta que concurren circunstancias excepcionales que harían desproporcionado el cumplimiento íntegro de la pena de prisión que le fue impuesta.

No obstante, la Fiscalía se opone firmemente a la concesión de un indulto total. El dictamen resalta que no cuestiona la sentencia firme ni la responsabilidad penal que ya fue declarada de forma definitiva por los tribunales. Asimismo, subraya expresamente la extraordinaria gravedad de la tragedia, que provocó 80 muertes y 144 heridos, dejando consecuencias irreversibles tanto para las víctimas directas como para las indirectas. Por esta razón, la gravedad objetiva de los hechos, la pluralidad de damnificados y el carácter irreparable de los daños desaconsejan una remisión absoluta del castigo.

Pese al rechazo de la exoneración total, el informe aprecia razones de justicia, equidad y criterios humanitarios que justifican informar a favor de una medida de gracia parcial basándose en diversos elementos recogidos en el expediente.

En primer lugar, se valora la conducta procesal y la integración del maquinista, quien ha permanecido en todo momento a disposición de la Justicia, ha mantenido un comportamiento totalmente respetuoso con las resoluciones judiciales a lo largo de este largo proceso y cuenta en la actualidad con una adecuada integración familiar, social y laboral.

Asimismo, el informe otorga un peso fundamental a las dilaciones extraordinarias del procedimiento, atendiendo al prolongado periodo transcurrido entre la fecha del accidente en julio de 2013 y el momento en que se alcanzó la firmeza de la condena penal, lo que constituye un factor objetivo de gran relevancia en el juicio de equidad.

A ello se suma la postura manifestada por una parte de las víctimas y damnificados directos, quienes expresaron formalmente su conformidad con la concesión del indulto; aunque esta posición no resulta vinculante para el Ministerio Fiscal, se considera un elemento relevante dentro del marco que exige la Ley de Indulto.

Por último, influye la situación familiar y humanitaria al acreditarse en el expediente las necesidades de asistencia y cuidado continuo de un familiar directo del condenado, una tercera persona especialmente vulnerable y enteramente ajena a los hechos juzgados para quien el cumplimiento total de la condena resultaría desproporcionado. En el plano jurídico, la Fiscalía indica que el indulto parcial podría concretarse en la sustitución de la condena impuesta por otra inferior, dentro de los límites previstos por la ley. Esto permitiría posteriormente que el propio tribunal valore una eventual suspensión de la ejecución de la condena privativa de libertad.

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