GALICIA CALIDADE
Rueda anima a las empresas a lograr un Xacobeo "histórico"
TSXG
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ordenó a la Universidad de Vigo a indemnizar a un interino que cesó para acceder a la misma plaza como funcionario de carrera tras superar el proceso selectivo. En concreto, la Cámara Social acogió en parte el recurso de suplicación interpuesto por el afectado y, en consecuencia, revocó la sentencia de instancia y condenó a la entidad a abonarle 31.566 euros.
En su recurso, el trabajador explicó si la pérdida de la condición de trabajador indefinido (no fijo), "víctima de un contrato temporal abusivo y fraudulento", le daba derecho a recibir una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, pese a que la pérdida de la condición de funcionario no se debió a la adquisición de la condición de funcionario de carrera. Así, ha sostenido que la dimisión no fue real, "sino un cese para acceder al puesto de funcionario, no de personal fijo", lo que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, significa que se trató de "un despido injustificado".
En la resolución, el TSXG, sin embargo, advierte que, según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TXUE), la indemnización de 20 días es "insuficiente para sancionar adecuadamente el uso abusivo de contratos sucesivos o relaciones laborales de duración determinada y eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión”. En este caso, según informan los magistrados en la sentencia, una vez determinada la inexistencia del despido y cuando el actor solicitó para ese caso una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, aseguran que queda "claro que las exigencias de los principios dispositivos y de congruencia impiden fijar una compensación superior”.
La Cámara Social explica que el trabajador prestó servicios "al amparo de la cobertura formal del contrato de interinidad por vacante desde el 8 de noviembre de 2010 al 24 de mayo de 2023 por una jornada completa", por lo que concluye que "con notorio exceso", el plazo de tres años, "lo que implica de por sí la existencia de fraude o abuso en la contratación, al no existir circunstancias extraordinarias que justifiquen la ausencia del proceso de selección para cubrir definitivamente el puesto vacante durante un período tan largo, de acuerdo con la hermenéutica jurisprudencial" que analiza en la sentencia, contra el cual se puede interponer recurso de apelación.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
GALICIA CALIDADE
Rueda anima a las empresas a lograr un Xacobeo "histórico"
TRASPASO DE COMPETENCIAS
La Xunta quiere los permisos de trabajo a foráneos este año
Lo último
COLABORACIÓN CIUDADANA
Desaparece un menor de 13 años vulnerable en Ourense
20 ANIVERSARIO DE ASTUREX
Los productos asturianos llegan ya a 150 países y se duplican las empresas exportadoras en dos décadas