Exteriores asegura que ha remitido al censo los datos de 70.000 los nacionalizados por la ley de nietos

DATOS DEL CENSO

La Junta Electoral Central autoriza el envío de documentación electoral a los residentes en el extranjero, aunque exige advertir de la suspensión del voto decretada por el Supremo

Recuento del voto CERA en las últimas elecciones generales.
Recuento del voto CERA en las últimas elecciones generales. | Xesús Fariñas

El Ministerio de Asuntos Exteriores ha remitido a la Oficina del Censo Electoral los datos de más de 70.000 españoles que han obtenido la nacionalidad mediante la llamada ley de nietos y que están afectados por la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el derecho de voto, a quienes no puedan acreditar su condición de descendientes de exiliados. El departamento ha instado a los consulados a acelerar la recopilación y el envío de la información restante para que pueda identificarse al mayor número posible de personas que podrían mantener su derecho al sufragio en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.

Fuentes de Exteriores han informado a Europa Press de que estos más de 70.000 registros nominativos corresponden a personas que obtuvieron la nacionalidad española entre 2025 y 2026 y cuyos expedientes se tramitaron a través de DICIREG, la plataforma informática del nuevo Registro Civil digital.

El Ministerio que dirige José Manuel Albares ha trasladado instrucciones reiteradas por vía telegráfica a todos los consulados para que pongan a disposición de esta tarea los medios humanos y materiales necesarios y procedan «con la máxima agilidad» a remitir los datos de los afectados cuyos expedientes fueron tramitados antes de ese periodo.

El objetivo es completar cuanto antes la información necesaria para determinar qué personas pueden permanecer en el censo electoral pese a la suspensión cautelar acordada por el Supremo. En concreto, Exteriores pretende que pueda identificarse al máximo número de electores que acrediten ser descendientes de exiliados y que, por tanto, podrían ejercer su derecho al voto en los comicios del 29 de noviembre.

La información disponible hasta el momento constituye un avance en ese proceso, aunque el Ministerio continúa trabajando con los consulados para incorporar los datos que todavía faltan..

Cinco días para acreditar la descendencia de exiliados

El Tribunal Supremo concedió un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación de su resolución, el 13 de octubre, para que los afectados presenten documentación que les permita conservar su condición de electores. Según Exteriores, ese plazo no expirará hasta la próxima semana.

El pasado 12 de octubre, el alto tribunal rechazó el recurso presentado por el Gobierno contra las medidas cautelares que suspendieron el derecho de voto de quienes hubieran obtenido la nacionalidad española desde 2022 al amparo de la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, salvo que acrediten fehacientemente ser descendientes de exiliados de la Guerra Civil y el franquismo.

Por su parte, la Junta Electoral Central ha autorizado a la Oficina del Censo Electoral a iniciar el envío de la documentación electoral a los residentes en el extranjero entre el 24 y el 30 de octubre, siempre que se incluya una advertencia sobre la posible suspensión de los derechos electorales en los términos establecidos por el Supremo. La JEC también ha permitido adelantar el envío destinado a los electores residentes en Argentina por razones logísticas, sin que la documentación pueda entregarse antes de las fechas legalmente previstas.

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