La fe de vida será obligatoria dos veces al año para que los pensionistas del exterior no pierdan la pensión

APLICACIÓN VIVESS

Según el aviso oficial, el primer periodo para realizar la fe de vida se extenderá del 1 de enero al 31 de marzo de 2026, mientras que el segundo deberá completarse entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026

Persona mayor caminando por la calle ayudada por un bastón
Persona mayor caminando por la calle ayudada por un bastón | Europa Press

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha informado de que, a partir de 2026, los pensionistas residentes en el extranjero deberán acreditar su vivencia de forma obligatoria dos veces al año para evitar la suspensión del pago de su pensión.

Según el aviso oficial, el primer periodo para realizar la fe de vida se extenderá del 1 de enero al 31 de marzo de 2026, mientras que el segundo deberá completarse entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026.

El trámite deberá realizarse preferentemente a través de la aplicación móvil VIVESS, una herramienta gratuita que permite acreditar la vivencia desde el propio domicilio, sin necesidad de desplazarse a oficinas consulares o administrativas. La aplicación puede descargarse desde la página web de la Consejería y cuenta con un tutorial explicativo para facilitar su uso.

En caso de problemas técnicos o incidencias con la aplicación, los pensionistas podrán comunicarlo a partir del 2 de enero enviando un correo electrónico a ecuador@mites.gob.es, indicando en el asunto “PROBLEMA CON VIVESS” y aportando sus datos de contacto.

Además de servir para la fe de vida, la aplicación VIVESS permite realizar otros trámites como la acreditación de la residencia fiscal, la actualización de datos bancarios o la modificación de datos personales, centralizando así varias gestiones habituales para los pensionistas en el exterior.

Desde el Ministerio recuerdan la importancia de cumplir con los plazos establecidos para evitar incidencias en el cobro de las prestaciones.

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