Cinco cosas que debes saber antes de comprar un yate
INVERSIONES
Los dos grandes contratos del sector exigen un depósito al comprador y permiten inspeccionar la embarcación, pero ofrecen márgenes muy distintos para cancelar la compra
Comprar un yate no consiste únicamente en elegir una embarcación y acordar un precio. Entre la primera oferta y la entrega se abre un proceso contractual en el que una fecha incumplida, una inspección mal planteada o una condición poco precisa pueden obligar al comprador a seguir adelante o hacerle perder el depósito.
En las operaciones internacionales se utilizan principalmente dos modelos: el contrato de MYBA, una asociación internacional nacida en el Mediterráneo y predominante en las operaciones europeas, y el de IYBA, una entidad con sede en Florida cuyo contrato es más habitual en el mercado estadounidense.
Estas son cinco claves que conviene conocer antes de firmar, porque las condiciones pueden cambiar considerablemente en función del país en el que se articule la operación.
1. Los dos contratos exigen un depósito
Ambos sistemas establecen que el comprador debe adelantar el 10% del precio, y que el dinero queda bajo la custodia de un tercero —normalmente un abogado o un intermediario—. A partir de ahí, se pone en marcha la prueba de navegación y la inspección técnica, pues el desembolso acredita el compromiso del comprador y protege al vendedor si la operación fracasa por un incumplimiento de la otra parte.
Sin embargo, según el bufete internacional Stephensos Harwood, el contrato de MYBA "tiende a favorecer al vendedor", haciendo recaer la carga de reaccionar sobre el comprador: si no rechaza el yate dentro de los plazos establecidos y por alguno de los motivos admitidos, puede quedar obligado a completar la transacción o perder el depósito.
La diferencia con IYBA, por tanto, es relevante, porque su modelo concede al comprador más libertad para aceptar o rechazar la embarcación después de examinarla.
2. La prueba de navegación ofrece una primera salida
Para el sistema europeo, la prueba de mar es la última salida libre. Es la última oportunidad que tiene el comprador para echarse atrás sin necesidad de alegar un defecto concreto: si no queda satisfecho con su comportamiento durante la navegación, puede rechazar el yate y recuperar el depósito. Si renuncia a la prueba o no se presenta, se considera que ha aceptado la embarcación, aunque todavía quede pendiente el examen técnico.
En el caso del sistema estadounidense, aunque la compra también estipula una prueba de navegación, no es el último momento en el que el interesado puede cambiar de opinión.
3. MYBA dificulta más la retirada después de la inspección
El siguiente paso en el proceso de compra de un yate es la revisión técnica. Bajo el contrato de MYBA, el comprador solo puede rechazar el yate si un perito naval certifica un defecto grave que afecte a la integridad operativa de la embarcación, su maquinaria o sus sistemas, o que impida navegar con seguridad.
En cambio, una vez más el modelo de IYBA es más flexible: siempre que se cumplan los plazos establecidos, el comprador puede retrotraerse. Además, de cara a la adquisición, se exige una aceptación expresa: si el comprador no comunica a tiempo que desea seguir adelante, la embarcación se considera rechazada.
4. Los plazos pesan más en el contrato europeo
Las fechas no tienen el mismo peso en los contratos. En el caso de MYBA, los plazos se aplican estrictamente, y un retraso confiere al vendedor la facultad de resolver la operación y retener el depósito; mientras que una dilación breve no concede automáticamente el derecho a cancelar la venta en el mercado estadounidense, siempre que el comprador continúe actuando para completarla.
5. También cambian la ley y el lugar para resolver disputas
El contrato de MYBA se rige por el derecho inglés y remite las controversias al arbitraje marítimo de Londres. Las partes pueden adaptar las condiciones comerciales de cada operación mediante un anexo, pero el marco jurídico general está predeterminado.
El sistema IYBA ofrece más alternativas. Si bien se aplica la legislación de Florida por defecto, el contrato permite también escoger la normativa inglesa y contempla varios foros de arbitraje, entre ellos Fort Lauderdale, Londres y Mónaco.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
Lo último
Luis Carlos de la Peña
CAMPO DO DESAFÍO
El territorio común
memoria democrática
La ley de nietos arrastra esperas de casi dos años y medio en Argentina