POR UN DESPISTE
Acepta una multa por un atropello mortal en O Barco
POR UN DESPISTE
Visiblemente emocionada y asumiendo su responsabilidad en un accidente atribuido a un despiste. Así compareció este jueves en la Plaza 2 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Ourense una conductora acusada del atropello que le costó la vida a Ramón R.L. a finales de 2023 en O Barco de Valdeorras.
Tras un acuerdo de conformidad entre las partes, la encausada, María Luisa D.C.A., aceptó una condena por un delito de homicidio por imprudencia menos grave. La sentencia se salda con una multa de 450 euros, el pago de 605 euros en concepto de costas procesales y la privación del derecho a conducir vehículos a motor durante tres meses, una retirada de carné que se hizo efectiva desde este jueves. Para facilitar el abono de la sanción económica, la jueza autorizó un pago fraccionado a razón de 100 euros al mes.
El desenlace judicial pone fin a un proceso marcado en su origen por versiones diametralmente opuestas sobre cómo se desencadenó el fatal accidente. Los hechos se remontan a las 12,30 horas del 21 de noviembre de 2023. Según el relato del Ministerio Fiscal, que finalmente se ha dado por probado por la jueza sentenciadora, la investigada conducía su Volkswagen Touran por la calle Coruña para incorporarse a la calle Ourense de la villa barquense. Al llegar a la intersección, su atención se desvió. Tal y como recogen las diligencias, presumiblemente iba mirando hacia la rotonda para comprobar si se aproximaban otros vehículos, lo que provocó que no respetara la señal de ceda el paso ni prestara atención a la señalización del paso de peatones frontal. Como consecuencia de este despiste, arrolló a la víctima, que cruzaba la calzada correctamente de derecha a izquierda.
El impacto proyectó al peatón varios metros sobre el asfalto, provocándole un traumatismo craneoencefálico severo. El cuadro clínico incluyó contusiones hemorrágicas, edema perilesional y sangrado subaracnoideo, lo que desencadenó una cascada de descompensaciones. A pesar de recibir atención médica, el agravamiento de sus patologías crónicas y posteriores complicaciones derivadas del golpe, como una infección respiratoria y sepsis, determinaron su fallecimiento el 31 de diciembre de 2023.
La sentencia dictada este jueves dista mucho de los escenarios extremos que se planteaban al inicio de la instrucción. Por un lado, la acusación particular, ejercida por la familia del fallecido, elevaba los hechos a la categoría de homicidio por imprudencia grave, solicitando una pena de dos años y seis meses de prisión, además de dos años sin permiso de conducir. En el extremo opuesto, el escrito de defensa original solicitaba la libre absolución. Su abogada argumentaba que la mujer circulaba “a poca velocidad” y culpabilizaba a la propia víctima, asegurando que había irrumpido “detrás de unos coches estacionados y fuera del paso de peatones, que se encontraba mal pintado”.
Sin embargo, la clave para alcanzar este acuerdo intermedio radicó en la calificación elaborada por la Fiscalía, respaldada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo. El Ministerio Público concluyó que, si bien existió una infracción de tráfico evidente al saltarse las señales por un despiste continuado, no se daban las circunstancias agravantes necesarias para hablar de un desprecio absoluto por la vida. Al no acreditarse un exceso de velocidad para la vía, ni detectarse consumo de alcohol o drogas, ni apreciarse una conducción manifiestamente temeraria, la conducta penal no alcanzó la gravedad máxima.
Esta tipificación legal de “imprudencia menos grave” es la que ha cerrado la puerta a la petición de cárcel de la acusación y ha permitido que el caso se resuelva con la multa económica pactada en sala.
En el ámbito de la responsabilidad civil, el asunto ya había quedado zanjado previamente sin necesidad de ser debatido en el juicio. La compañía aseguradora del vehículo, Axa, formuló una oferta motivada y depositó la cantidad de 39.557,36 euros, un importe que ya ha sido abonado y aceptado por el hijo del fallecido en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados.
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