Opinión

Indumentaria parlamentaria

La sesión constitutiva de la XI Legislatura de las Cortes Generales pasará a la historia más que por la solemnidad de la misma, que debe ser lo habitual y tradicional, por su peculiaridad anecdótica y que ha sido reflejada hasta la saciedad en los medios de comunicación.

La irrupción en el sistema del poder por parte de representantes de formaciones comúnmente conocidas como “antisistema” (aunque parece una contradicción) o populistas ha permitido presenciar en el Palacio de la Carrera de San Jerónimo o la Plaza de las Cortes unas escenas hasta ahora poco frecuentes en dicho espacio parlamentario.

El decoro parlamentario se entiende principalmente por la observancia de unas normas básicas de comportamiento y de respeto y trato. Lo de la vestimenta, sin estar obligado, se sobreentiende que cada cual vestirá en consonancia con el lugar y el grado de ceremonia. No obstante, es oportuno traer a colación las normas establecidas sobre vestimenta "decorosa" para acceder al Congreso que acordó la Mesa de la Cámara Baja el 21 de junio de 2011, impulsadas el entonces presidente del Congreso, José Bono. En ellas se indica que "el acceso y la circulación por los edificios del Congreso de los Diputados deberá efectuarse con la vestimenta adecuada al decoro exigible". Las mismas se sustentan en "unos criterios, mínimos pero claros, que permitan compatibilizar la propia imagen que cada ciudadano quiera tener con el respeto a la dignidad y decoro de la Cámara".

La etiqueta de la Cámara exige en los actos solemnes traje oscuro los caballeros y vestido corto las damas. La cuestión es quién determina la solemnidad: la institución o queda a criterio de cada parlamentario. Una sesión constitutiva obviamente siempre es solemne.

Por cierto, en las aludidas normas se especifica que los ujieres serán los encargados de velar por su cumplimiento e "impedirán la entrada a quienes no se adecúen a las mismas". Lo tienen claro… y difícil de ejecutar.

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