Simone Saibene
¡BUONE VISIONI!
Familia de alquiler
El afán recaudatorio de Pedro Sanchez no tiene fin, y las finanzas de muchas administracciones locales van a tener que hacer malabarismos para encajar este brutal incremento de las tasas de basuras. Aunque el impacto económico total lo vamos asumir, como siempre, todos los ciudadanos, con incrementos de subida de la tasa de las basuras de hasta un 44% para los hogares. Mucha más presión para las débiles economías familiares que derivara en mas personas que lleguen con mas dificultades económicas a fin de mes. Entremos en materia.
La nueva tasa de basuras, o la tasa de gestión de residuos, es un pago municipal obligatorio que debe cubrir el coste real de gestionar los residuos municipales. Es decir: recogerlos, transportarlos, y tratarlos entre otras variables. Es específica y diferenciada: no puede ir maquillada dentro de otro impuesto como el IBI, ni mezclada con otras tasas municipales: tiene que aparecer clara y con su propio importe. Y no puede ser deficitaria
Para determinar esta tasa cada ayuntamiento con más de 5.000 habitantes tomará sus propios criterios: desde determinarlo en base al consumo de agua por vivienda, a tomar en cuenta el valor de referencia del catastro o el número de residentes en la vivienda.
Por lo tanto, quien la cobra es la administración local que presta el servicio de recogida y tratamiento de residuos. Y quién paga es toda persona, empresa o inmueble que se beneficie del servicio de recogida de residuos.
Para determinar esta tasa cada ayuntamiento con más de 5.000 habitantes tomará sus propios criterios: desde determinarlo en base al consumo de agua por vivienda, a tomar en cuenta el valor de referencia del catastro o el número de residentes en la vivienda.
Primera duda que se plantea. En una vivienda de alquiler, ¿paga propietario o paga el inquilino?
La respuesta es: depende de la ordenanza local, que puede girar formalmente al propietario del piso, pero ese propietario puede repercutirla al inquilino (por contrato). En cualquier caso, si el contrato de alquiler es anterior y no recoge esa repercusión, no se puede trasladar automáticamente al inquilino. La clave está en el contrato de arrendamiento: si contempla una cláusula que especifique quién tiene que asumir la tasa de basuras, tal y como contempla el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), entonces deberá pagarlo a quien le toque por contrato. Si aparece que es el inquilino, entonces éste deberá abonar anualmente esta tasa. Pero, además, en el contrato debe quedar constatado el importe anual de dicho gasto a la fecha del contrato. Es decir, debe quedar establecido quién paga la tasa de basuras y el importe anual a abonar. Si figura el inquilino, éste deberá pagar el tributo anualmente.
La realidad es que la subida de la tasa de basuras, que comienza a aplicarse ahora en todos los municipios de España, no responde a una exigencia comunitaria -como quiere hacernos creer el gobierno de Pedro Sánchez-, sino a una decisión política del propio ejecutivo de Pedro Sánchez, y esto tiene que quedar cristalino. Y es que, la Directiva Europea de Residuos no obliga a subir las tasas de basura. Solo establece objetivos para reducir residuos, aumentar el reciclaje y fomentar la economía circular, con más responsabilidad para los productores.
Es una ley estatal, del gobierno bipartito del PSOE y Sumar, y de sus socios parlamentarios, que obliga a los concellos a que tienen que cobrar íntegramente todos los costes derivados de la recogida de la basura, complicándole aun mas la vida. Recordando en este punto que, en nuestra Galicia, tenemos una gran dispersión de núcleos, y la recogida de basura debe recorrer largas distancias que incrementan aún más el coste que repercute directamente en los ciudadanos.
Conclusión: El nuevo canon es una medida meramente recaudatoria, y lejos de contribuir a la reducción de residuos o al cuidado del medio ambiente, sin más.
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