Derecho y técnica normativa

Publicado: 18 may 2026 - 02:10
Opinión en La Región
Opinión en La Región | La Región

En un Estado de Derecho las normas jurídicas se confeccionan para que se apliquen. Han de ser claras en lo que atiende a su rúbrica, a su objeto, a sus efectos y a sus destinatarios. Han de ser lo más completas posibles, lo más concretas posibles y lo más concisas que se pueda. Han de estar redactadas según los más elementales cánones de la buena técnica normativa. Es decir, han de recoger, en la medida de lo posible, los patrones, las reglas propias de una concepción equilibrada y razonable de la técnica normativa, que siempre estará al servicio de la justicia. Y la mejor técnica normativa es aquella en la que más resplandece el principio de seguridad jurídica y sus corolarios necesarios: buena fe, previsibilidad, certeza o confianza legítima entre otros.

La forma es esencial para el Derecho siempre que a su través resplandezcan los valores propios del Estado de Derecho. El problema reside en que en este tiempo el brillo del lenguaje ha cegado al mismo Derecho que ha pasado a ocupar un segundo lugar. En efecto, ha sido sido relegado por la gran luz del lenguaje que se nos presenta como lo realmente determinante de lo jurídico, cuando ciertamente, sin dejar de ser importante, no tiene más condición que la de medio, y si el medio se convierte en el fin, el fin se desvirtúa y pierde su sentido propio.

La realidad, sin embargo, nos muestra que la mayoría de la población apenas alcanza a entender el significado y el contenido de las normas porque éstas siguen redactándose en un lenguaje ininteligible para el común de los mortales.

Como sabemos, la técnica normativa invita a que las normas se redacten de acuerdo con el lenguaje propio y específico del Derecho, que debe ser entendible para los destinatarios de las disposiciones. La realidad, sin embargo, nos muestra que la mayoría de la población apenas alcanza a entender el significado y el contenido de las normas porque éstas siguen redactándose en un lenguaje ininteligible para el común de los mortales. Unas veces por el uso de una terminología lo más ambigua y confusa posible para evitar su entendimiento, otras por seleccionar los términos más técnicos, solo del dominio de una minoría.

Es decir, el lenguaje desgajado de la realidad, como instrumento para la realización de determinados fines tantas veces desconectados de los valores superiores del Ordenamiento jurídico. Ante nosotros, de nuevo, el dominio de lo formal, que ahoga y lamina los valores.

Contenido patrocinado

stats