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SENTENCIA JUDICIAL
El Concello de Ourense acudió a la Audiencia Nacional para intentar conseguir una subvención que le fue denegada en 2022. Se trata de una cuantía que concedió el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a las entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano. Sin embargo, la ciudad no accedió a ella al no estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.
El ente local recurrió argumentando, entre otras cuestiones, que no existía una norma legal que fijase la fecha en la que debe cumplirse dicha obligación. Además, aludió a que se le impidió la subsanación. Sin embargo, los magistrados rechazan estas alegaciones.
La sentencia apunta a que se le ha permitido al Concello la acreditación de estar al corriente con la Seguridad Social en la fecha exigible. Al respecto, señala que lo que no es posible es pretender cumplir con un requisito fuera del plazo exigido legalmente.
De hecho, el propio Concello admitió que el 15 de julio de 2022 tenía una deuda pendiente de pago con la Seguridad Social por un importe de 815,23 euros. “El hecho de que se tratase de una situación puntual, no altera la existencia del incumplimiento”, recoge el fallo.
Por todo ello, la Audiencia Nacional avala la decisión del Ministerio de no conceder la subvención al Concello de Ourense. Contra esta sentencia cabe recurso ante el Supremo.
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