Condenan a un abogado otra vez por estafar a una clienta

NUEVA ESTAFA DEL ABOGADO

La Audiencia ve acreditado que le pidió dinero para un recurso de casación que no lo iba a presentar

Luis Ángel C.R., durante la celebración del juicio.
Luis Ángel C.R., durante la celebración del juicio. | Iago Cortón

El abogado Luis Ángel C.R. fue condenado por segunda vez este año por estafar a clientes. La Audiencia Provincial considera acreditado que le cobró a una mujer los gastos derivados de un recurso de casación a sabiendas de que no lo iba a presentar.

El letrado fue contratado por una mujer para representarla en un procedimiento ante el Juzgado Número 2 de Ourense, en un procedimiento en el que pretendía su declaración de incapacidad permanente total y la percepción de la pensión vitalicia.

Luis Ángel C.R. tuvo éxito en este procedimiento y a su clienta le fue reconocida la pensión vitalicia en octubre de 2017. Sin embargo, la Tesorería General de la Seguridad Social y el INSS recurrieron ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), estimando los magistrados la apelación, en contra de los intereses de la interesada.

Ante esta decisión, el abogado anunció la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero no lo llegó a hacer. Los magistrados de la Audiencia Provincial de Ourense consideran que Luis Ángel C.R., a sabiendas de que no iba a presentar el recurso, hizo creer a su clienta que el procedimiento seguía sus trámites y le pidió dinero para gestiones que nunca realizó.

En consecuencia, la perjudicada, en mayo de 2018, le entregó 1.500 euros para gastos derivados del recurso de casación. Casi dos meses después, le dio otros 1.495 euros en concepto de pago de la segunda fase del recurso de casación y en octubre otros 1.525 por el procedimiento ante el TSXG y el Tribunal Supremo.

Además, a estas cantidades hay que sumar 900 euros que el abogado le reclamó a su clienta para un informe pericial para presentar en segunda instancia pese a conocer que no se puede practicar pericial en segunda instancia. También le pidió dinero para los gastos de la procuradora y no se lo llegó a entregar por lo que esta le reclamó a la clienta del abogado los 175 euros que le correspondían.

Versión del acusado

El acusado aseguró en el juicio que parte del dinero era para compensar cantidades que se le debían y a los honorarios por el recurso de casación, el cual, según indicó, no se interpuso por decisión de su clienta. Sin embargo, los magistrados señalan que no aportó ningún tipo de liquidación de gastos que permita amparar la compensación.

Respecto a la decisión de la interesada de no presentar el recurso de casación, los magistrados aseguran que “hubiera sido sencillo presentar algún elemento documentado demostrativo de la invocada preparación y estudio del recurso”.

Por todo ello, da la razón a la perjudicada, representada en el juicio por el abogado Juan Carlos González. Por ello, la Audiencia Provincial condena al acusado a la pena de seis meses de prisión por un delito de estafa y le prohíbe ejercer la profesión de abogado durante el mismo tiempo. Además, le obliga a abonar a la perjudicada 5.595 euros por los daños y perjuicios.

Había sido absuelto

La propia Audiencia Provincial absolvió el pasado año al abogado por este mismo asunto al considerar que no quedó acreditado el engaño. Sin embargo, el TSXG estimó el recurso del letrado de la perjudicada, Juan Carlos González, al apreciar “defectos estructurales de motivación” y ordenó repetir la vista oral con un tribunal diferente, el cual en esta ocasión sí que ha condenado a Luis Ángel C.R..

La Audiencia ya le impuso dos años de cárcel por engañar a madre e hija

La de ayer no es la primera condena que recibe Luis Ángel C.R. este año. En febrero, la Audiencia Provincial le impuso dos años de cárcel por estafar a dos clientas -madre e hija- casi 70.000 euros haciéndoles creer que el dinero sería destinado al pago de costas y honorarios profesionales en el procedimiento en el que las representaba.

En este procedimiento, el abogado fue también absuelto en el primer juicio celebrado en la Audiencia Provincial, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordenó repetirlo porque no se tuvieron en cuenta como prueba los mensajes entre el acusado y una de las clientas y los nuevos magistrados decidieron condenarlo por un delito continuado de estafa.

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