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NOCHES O FESTIVOS
La Justicia de Ourense ha estimado el recurso presentado por una enfermera del CHUO y ha condenado al Sergas a abonarle las retribuciones que dejó de percibir durante su permiso de lactancia.
La trabajadora, respaldada por el sindicato Satse, reclamaba el pago de conceptos como atención continuada, turnos de noche y festivos, que no pudo realizar mientras disfrutaba del permiso acumulado de lactancia.
El tribunal ourensano fundamenta su decisión en la doctrina del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que en julio de 2025 ya reconoció este mismo derecho a una pediatra.
En aquella sentencia, el alto tribunal señalaba que la normativa autonómica de igualdad promueve el “fomento de la comprensión de la maternidad”, un principio que pierde sentido si se permite que las trabajadoras vean reducidos sus ingresos durante permisos vinculados a la maternidad.
El juez considera que el caso de la enfermera es equivalente, ya que tras su permiso de maternidad disfrutó del de lactancia sin poder realizar los turnos previstos en su calendario laboral. Por ello, concluye que debe percibir igualmente esas retribuciones y anula la resolución del Sergas que había rechazado su solicitud.
La resolución obliga a la Administración sanitaria gallega a abonar las cantidades correspondientes y no admite recurso ordinario, por lo que adquiere firmeza.
Este fallo refuerza la línea judicial que reconoce el derecho de las trabajadoras a mantener todas sus retribuciones durante los permisos vinculados a la maternidad.
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