Jácome ocultó numerosos inmuebles al presentar su declaración patrimonial
“continuum delictivo”
La acusación reclama imputar a Jácome por malversación y falsedad. El recurso pide juzgar el “continuum delictivo” y ampliar los delitos, que conllevarían inhabilitación y hasta ocho años de cárcel
La acusación particular ejercida por el exconcejal Telmo Ucha ha recurrido el auto del juez instructor para exigir que el alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, sea procesado también por malversación de caudales públicos agravada y falsedad documental. Este movimiento eleva la amenaza penal desde la inhabilitación a una petición de condena de entre seis y ocho años de prisión efectiva. El escrito sostiene que el regidor no cometió un simple error administrativo, sino que orquestó un plan continuado para percibir ilícitamente más de 432.000 euros de las arcas municipales.
El recurso de reforma y apelación se dirige contra la resolución dictada el pasado 14 de abril por el magistrado Leonardo Álvarez, magistrado titular de la plaza 1 de la sección de instrucción del Tribunal de Instancia de Ourense. En dicho auto, el juez acordaba dar por concluida la investigación y continuar el procedimiento contra el alcalde exclusivamente por un delito de prevaricación administrativa. El origen de la causa radica en que Jácome nunca solicitó al pleno municipal la autorización de compatibilidad obligatoria para cobrar su sueldo en régimen de dedicación exclusiva mientras mantenía su actividad privada al frente de la cadena Auria TV.
Mayor gravedad
Frente a esta decisión, la acusación particular reclama ahora que los hechos se califiquen bajo delitos de mucha mayor gravedad. El equipo jurídico de Ucha acusa al juzgado de realizar una “tramitación selectiva del objeto del proceso” y argumenta que la actuación de Jácome responde a un “continuum delictivo” diseñado a conciencia para el enriquecimiento personal a costa del erario municipal. Según el escrito, el alcalde utilizó la falsedad documental como herramienta clave para ocultar tanto su actividad en la televisión como un amplísimo patrimonio inmobiliario.
La investigación de la acusación detecta lo que denomina una “doble dimensión falsaria” en el comportamiento del alcalde y líder de Democracia Ourensana. Por una parte, Jácome habría silenciado su actividad como empresario audiovisual. Por otra parte, el alcalde habría camuflado de forma reiterada la verdadera magnitud de su patrimonio inmobiliario en los registros públicos de intereses tanto del Concello como de la Diputación.
El recurso detalla que el regidor declara poseer únicamente un inmueble urbano en sus documentos oficiales de transparencia. Sin embargo, sus propias autoliquidaciones del IRPF muestran una realidad patrimonial muy diferente. Los datos tributarios en manos de la acusación destapan la propiedad de numerosas fincas urbanas a su nombre, incluyendo viviendas destinadas a la obtención de rentas mediante el mercado del alquiler. El volumen de estas propiedades ocultadas es de tal magnitud que, de haber reflejado la verdad documental en su declaración de bienes obligatoria, Jácome figuraría con diferencia como el miembro de la corporación con el mayor patrimonio inmobiliario de todo el Concello de Ourense.
Para la acusación particular, esta disparidad es una “omisión dolosa, selectiva y reiterada”. El objetivo de este presunto engaño habría sido asegurar el cobro ininterrumpido de su salario público entre los años 2020 y 2025. Además, el recurso denuncia el “vaciado de las cuentas de los grupos institucionales” de su partido para incorporarlos supuestamente a su patrimonio personal.
El Código Penal establece que cuando el perjuicio al erario público supera los 50.000 euros la malversación pasa a su tipo agravado. La acusación cuantifica que, solo en el periodo comprendido entre junio de 2024 y noviembre de 2025, el alcalde se embolsó indebidamente un total de 117.294 euros.
Al conectar este lucro económico con la falsedad documental previa que le sirvió de cobertura legal, la acusación sostiene que todos estos delitos son eslabones de una misma cadena y deben juzgarse conjuntamente para evitar una fragmentación artificial del caso. La decisión de aceptar esta ampliación de cargos queda ahora en manos del juzgado instructor y, en última instancia, de la Audiencia Provincial.
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