La jueza archiva la causa del alumno del Sexto instituto de Ourense que murió aplastado por un muro

HOMICIDIO IMPRUDENTE

Hubo 13 imputados por el caso de un muro que mató a un alumno del Sexto instituto de Ourense, pero los responsables del cambio de proyecto murieron

El Sexto Instituto, con ramos de flores en homenaje al adolescente fallecido.
El Sexto Instituto, con ramos de flores en homenaje al adolescente fallecido. | La Región

La magistrada Eva Armesto, titular del Juzgado de Instrucción 3 de Ourense durante la última década, acordó, antes de asumir su nuevo destino, el sobreseimiento de la causa penal abierta por la muerte de Manuel Ferreiro. El alumno, de 15 años, estudiaba en el IES Julio Prieto Nespereira (Sexto Instituto), ubicado en el barrio de O Vinteún. El joven falleció en los vestuarios masculinos del gimnasio a primera hora de la tarde del 26 de octubre de 2022 al desplomarse el muro que separaba las duchas de la zona de taquillas, tragedia en la que otro compañero resultó herido.

Los padres del fallecido denunciaron los hechos optando para depurar responsabilidades en la vía penal por un presunto delito de homicido imprudente. En estos algo más de tres años, por el juzgado han desfilado dos compañías aseguradoras así como 13 investigados: Yolanda G.R., Román G.C., Servando G.C., Enrique Vicente T.V., José Manuel A.F., Beatriz F.G., Belén F.Q., Paloma G.N.P., Alberto I.B., María Jesús P.M. y María Inmaculada P.R., así como David O.A. y Agustín R.B. Estos dos últimos, director de obra y director de ejecución respectivamente, ya han fallecido.

La jueza, tal como recoge en su auto de archivo, admite que el diseño primigenio de los vestuarios se modificó y que el muro de separación no solo estaba mal proyectado, sino también mal ejecutado. Dicha modificación y ejecución recaían sobre un arquitecto y un aparejador; sin embargo, al haber fallecido ambos, sus responsabilidades penales se han extinguido. Al resto de imputados, según la magistrada, no se les puede responsabilizar de los cambios de diseño ni de la defectuosa construcción; es decir, “no hay nexo causal entre su intervención y la muerte de Manuel”.

La instrucción dejó acreditado que el tabique divisorio (de ladrillo y azulejo), que pesaba aproximadamente 1.400 kilos, se construyó de forma deficiente porque, tal como aclara el letrado Jorge Temes, “no estaba bien fijado al suelo y al techo”. Al no llegar a la techumbre, los puntos de anclaje se limitaban al suelo.

La instructora ha atendido la petición de la Fiscalía, partidaria del sobreseimiento, pese a que fuentes cercanas al caso señalan que el Ministerio Público apenas tomó parte activa en la instrucción. Por su parte, la acusación particular evaluará en los próximos días, según aseguró el abogado Jorge Temes, si recurre el auto de archivo ante la Audiencia Provincial o si inicia directamente las acciones civiles.

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