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La madre que presuntamente amordazó a su hijo de ocho años y le puso una bolsa en la cabeza el pasado sábado no podrá acercarse a menos de 200 metros de él. Así lo decretó este viernes el magistrado de Instrucción 1, Leonardo Álvarez, quien le impuso una orden de alejamiento del menor durante la tramitación de la causa. El acogimiento temporal fue otorgado por la Xunta a una familia externa (tíos).
El juez, que actuó en sustitución, ya que el caso está a cargo del Juzgado de Instrucción número 3 de Ourense, tomó la decisión tras escuchar los argumentos del Ministerio Fiscal y de las partes en una comparecencia que se celebró durante la mañana. Además, le impuso la prohibición de comunicarse con él por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo.
Otra de las peticiones que puso sobre la mesa una de las partes la de imponer también a los abuelos maternos la prohibición de acercarse al menor. Sin embargo, el magistrado denegó la petición de esta medida al entender que no es necesaria.
Por su parte, el padre del menor, J.F.I.S., llevaba días reclamando la guarda y custodia de su hijo. “Hay un padre al que la Justicia no está teniendo en cuenta, parece que los padres en la Justicia no tenemos derechos, que somos de segunda división”, aseguró el lunes a este periódico. Sin embargo, el juez consideró que en este momento procesal no se disponen de elementos de juicio suficientes para poder acceder a esta petición.
Una familia externa se hará cargo temporalmente del menor, tal y como decidió la Xunta en una resolución del pasado miércoles en la que suspendía la patria potestad a ambos progenitores, “sin que existan razones para dejar sin efecto dicha resolución”. Además, la Administración autonómica debe rendir cuentas de la situación del menor a Fiscalía, que es quien controla la legalidad de la medida.
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