Recibió por error dinero en la cuenta bancaria de su asociación de Coles y no lo devolvió

TRIBUNALES

La presidenta de Ardai alegó en el juicio que creyó que era una donación

Publicado: 27 abr 2025 - 05:20 Actualizado: 27 abr 2025 - 18:07
La jueza del Penal 2, Susana Pazos, durante un juicio.
La jueza del Penal 2, Susana Pazos, durante un juicio.

La jueza del Penal 2 de Ourense condenó a Izcalli F.R. a pagar una multa de 450 euros por no devolver el dinero de siete transferencias recibidas por error en las cuentas de la asociación Ardai, dedicada a desarrollar programas de terapia asistida por animales en Coles, de la cual fue presidenta. El importe total fue de 3.360 euros y fue ingresado por error entre julio de 2019 y febrero 2020.

En el juicio, Izcalli aseguró que solo recuerda uno de los movimientos, de 700 u 800 euros, y que pensó que era una subvención. Respecto a los ingresos posteriores, afirmó que no tuvo constancia porque ya no tenía acceso a la cuenta. También negó que el perjudicado hubiese contactado con ella.

Sin embargo, la jueza no ve compatible la versión de Izcalli con los datos objetivos y considera que en febrero de 2020 era perfectamente conocedora del error que se había producido y que el dinero transferido no era fruto de una donación.

En este sentido, en la sentencia indica que tienen razón las acusaciones al señalar que con el concepto “pago facturas” en las transferencias, difícilmente podría admitirse que inicialmente Izcalli pudiese considerar que esos ingresos fueran donaciones.

Además, la acusada sí que habló con la persona que realizó por error las transferencias. Se cruzaron varios mensajes y en uno de ellos Izcalli incluso le pidió un número de cuenta para realizar la devolución.

Otra de las alegaciones de la acusada en el juicio es que una vez que llegó el estado de alarma ya no se pudo hacer frente al pago de cantidad alguna porque la asociación se quedó sin fondos. “No se concibe por qué no manifestó esa supuesta insolvencia al testigo que se puso en contacto con ella”, argumenta la sentencia.

La jueza condena a Izcalli F.R. a la pena de 3 meses de multa a razón de 5 euros diarios por un delito de apropiación indebida. Además, le impone la obligación de devolver a los perjudicados los 3.360 euros con la responsabilidad civil subsidiaria de la asociación.

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