Recibió una patada en la cabeza al mediar en una discusión en Ourense
SENTENCIA JUDICIAL
El agresor fue condenado por la jueza a pagar una multa de 360 euros y a indemnizar a la víctima con 600. Sucedió en 2025 en Ournense
El 3 de enero de 2025, un hombre circulaba tranquilamente en su coche con su pareja y su hija de dos años cuando al pasar por delante de una fiesta de cumpleaños vio una discusión. Los implicados eran una chica, quien se encontraba llorando, y dos varones.
Él paró su vehículo y llamó a Emergencias, pero recibió un golpe en el coche a la par que comenzaba a salir gente del local, por lo que optó por subirse de nuevo al turismo, dar la vuelta y parar más adelante observando lo que pasaba a través del retrovisor.
El hombre escuchó a un señor de mediana edad canoso decirle a un joven: “No me calentéis que os doy dos hostias”. Él se acercó para mediar en la discusión y fue atacado por varios jóvenes que lo tiraron al suelo y una vez allí le dijo el varón canoso: “¿Quién mierda eres tú para meterte?”. Tras ello, le dio una patada en la cabeza.
Este ataque le provocó al conductor hematomas en ambos pómulos, dolor al mover el cuello y la rodilla y una contractura, por lo que necesitó para recuperarse 15 días.
El caso llegó a la Plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ourense. La jueza condenó al hombre canoso que propinó la patada a una multa de 360 euros y a indemnizar a la víctima con 600. No contento con esta decisión, el condenado recurrió ante la Audiencia Provincial.
Su defensa aludió error en la apreciación de la prueba o la vulneración de la presunción de inocencia. Sin embargo, la magistrada desestima los argumentos del abogado al considerar que la sentencia de instancia responde “a la correcta ponderación de la prueba”, que considera suficiente para “destruir el principio de presunción de inocencia”. Por ello, ratifica la decisión de la jueza de Instrucción 3.
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