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Nuevo varapalo judicial para Francisco Javier Janeiro, más conocido como Javillo. Tras ratificar el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense que lo condenó a seis años de prisión por un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud, su defensa presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que los magistrados desestimaron.
La defensa de Javillo mencionó en su recurso seis motivos de casación, entre los que se aludía a la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o la vulneración de la presunción de inocencia y del secreto de las comunicaciones.
Javillo fue sorprendido por los agentes cuando se encontraba el 8 de diciembre de 2021 en Sanxenxo, en el aparcamiento de una cadena de comida rápida, a donde acudió para adquirir heroína. Allí había quedado con Andrés F.C.H., quien en su vehículo transportaba 5,4 kilos de dicha sustancia escondida en el airbag del copiloto. En su intervención, los agentes también intervinieron 3.000 euros a Javillo, que era para pagar el transporte de la droga.
Sobre este hecho, la defensa de Janeiro argumentó que su cliente se encontraba en ese aparcamiento esperando a que abriera la máquina para el lavado del coche. Sin embargo, los magistrados consideran que se produjo una correcta enervación de la presunción de inocencia y alude al respecto los seguimientos al acusado y la intervención de la sustancia tóxica y de la documentación relativa a la operación de adquisición de la droga por la que fue detenido.
Respecto a la impugnación basada en la utilización de videocámaras, la sentencia del Supremo señala que este argumento no fue planteado en apelación y por ello no es posible plantearlo en casación.
De esta forma, el Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por Javillo. De esta forma, el capo arousano, tras acudir a dos instancias, no ve rebajada la condena de seis años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial, cuyos magistrados no se creyeron la versión que dio el acusado de que había dejado el narcotráfico y se dedicaba a la venta de berberecho.
Además, el alto tribunal también desestima los recursos de casación de otros dos de los condenados, José Alfonso Gracia y Jesús Nine Oubiña, a quienes la Audiencia Provincial de Ourense le impuso una pena de prisión de seis años y medio. Ambos fueron interceptados el 13 de diciembre de 2021 en O Carballiño interviniéndoles en el vehículo que ocupaban una bolsa que contenía un paquete de 4 kilos de cocaína.
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