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INHABILITADO 21 AÑOS Y MEDIO
En su recurso ante el alto tribunal, el Tribunal Supremo, sostiene que el relato de la menor no es prueba de cargo suficiente para desvirtuar su presunción de inocencia al no ofrecer las garantías necesarias. Además, señala que ella se quería cambiar de colegio y que una de las testigos no confirmó que la víctima usase su móvil para contactar con el docente a través de Instagram. Por otra parte, alude a que no se volcó el teléfono de la menor ni se investigó su propio móvil, no siendo concluyentes los datos de la IP.
El Tribunal Supremo considera que la Audiencia Provincial había valorado los medios de prueba practicados en la instancia de acuerdo con las reglas de la lógica, la razón y las máximas de la experiencia"
Sin embargo, los magistrados del Supremo consideran que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ratificó “de forma razonable y motivada, el juicio sobre la suficiencia de la prueba de cargo al considerar que la Audiencia Provincial había valorado los medios de prueba practicados en la instancia de acuerdo con las reglas de la lógica, la razón y las máximas de la experiencia”. En este sentido, reitera que la valoración hecha por la Audiencia Provincial en una prueba suficiente y racionalmente valorada, por lo que no cabe censura del alto tribunal.
De esta forma confirma la sentencia que condena al profesor a 13 años y medio de prisión, lo inhabilita 21 años y medio para realizar cualquier profesión que implique contacto directo con menores, le prohíbe comunicarse y acercarse a la víctima durante 20 años y medio y a indemnizarla en 30.000 euros.
Tal como se expuso en el juicio y se recogió en la sentencia condenatoria, ratificada posteriormente por el Alto Tribunal de Galicai (TSXG), el profesor contactó con la víctima, a la que impartió clases durante varios cursos, cuando esta tenía 11-12 años a través de Instagram ocultando su identidad y comenzando una relación virtual con ella. Él se presentaba como un apoyo emocional intentando ayudarla con sus problemas, pero después le pedía fotos íntimas realizando alguna práctica sexual.
Durante un tiempo cesó la comunicación entre ellos, pero luego se retomó de nuevo. En un momento dado, la menor le pidió a su interlocutor que le revelase su identidad, accediendo este a la petición. Le indicó que fuera al aula de música y allí la víctima descubrió que la persona con la que había intercambiado mensajes había sido su profesor de música. La denunciante se quedó en shock y este la abrazó, la besó y le dijo que la quería, según se recogió en la sentencia.
Tras ello, el ahora condenado, quien tenía una posición de superioridad con la alumna- logró quedar varias veces con ella -dentro y fuera del colegio-, violándola y pegándole como práctica sádica. La última vez que quedaron, el profesor la golpeó fuertemente pidiéndole la víctima que parase, él cesó y a continuación la violó, abandonándola después en el lugar sin importarle cómo estaba.
A partir de entonces, la menor bloqueó al acusado en las redes y cuando se reanudó el curso escolar denunció los hechos ante la Guardia Civil.
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