Qué abarca el delito de agresión sexual y las penas recogidas tras la ley del sí es sí

IMPLICACIONES LEGALES

La conocida como ley del “solo sí es sí” entró en vigor en octubre de 2022 y posteriormente se reformó en el 2023, tras la excarcelación de un elevado número de delincuentes sexuales. El principal cambio que incorporó fue la equiparación de los delitos de abuso y la agresión sexual. Actualmente estas conductas se enmarcan en el mismo tipo de delito: todo se considera agresión sexual. En lo que hay diferencia es en las penas aplicables en caso de probarse o no violencia o intimidación. Lo explicamos.

Foto para ilustrar el abuso sexual.
Foto para ilustrar el abuso sexual.

La agresión sexual es un ataque contra la libertad sexual que puede conllevar o no violencia o intimidación.

La conducta de la persona agresora implica una infracción sin el consentimiento de la víctima. En este tipo de delitos, no se requiere que se haya usado fuerza física, aunque puede serlo.

En casos más graves, donde haya violencia o la víctima se encuentre en una situación de vulnerabilidad, las penas son más severas.

Pena por cometer una agresión sexual

Si se comete una agresión sexual sin violencia ni intimidación, la pena será de 1 a 4 años de prisión. Si el agresor utiliza violencia o intimidación, o si la víctima se encuentra en una situación vulnerable, como por ejemplo, estar bajo los efectos de sustancias, la pena puede ser mayor, aumentando hasta 5 años de prisión.

El abuso sexual, hoy es agresión sexual

El abuso sexual antes existía como un tipo de delito específico, pero con la ley del "sólo sí es sí", fue sustituido por la agresión sexual.

Se atribuía cuando se daba un acto sexual no consentido, pero no se utilizaba violencia o intimidación explícita. Estos casos se daban cuando la víctima no podía dar su consentimiento libremente debido a factores como el estado de embriaguez, estar dormida o bajo efectos de sustancias, o por una situación de desventaja frente al agresor. La pena antes de la ley del "solo sí es sí" , cuando existía como delito independiente, era de 1 a 3 años de prisión o multa. Si incluía penetración, las penas aumentaban a entre 4 y 10 años. Tras la reforma, este tipo de delito ya no existe y ha sido absorbido por la agresión sexual.

¿En dónde se enmarca la violación?

La violación se considera un tipo específico de agresión sexual que implica acceso carnal, ya sea vaginal, anal o bucal, o la introducción de objetos o partes del cuerpo de una persona en alguna de esas zonas.

Este acto puede ocurrir con o sin violencia o intimidación, pero, en general, está penado con penas de prisión mayores que en los casos de agresión sexual sin acceso carnal.

Pena por cometer una violación

La pena básica para la violación es de 4 a 12 años de prisión. Si la violación se comete con violencia o intimidación, o si la víctima tiene anulada su voluntad por alguna razón, la pena se eleva y puede oscilar entre 6 y 12 años de prisión.

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