Las bebidas azucaradas y la bollería, fuera de las escuelas
EDUCACIÓN SALUDABLE
Los centros educativos tendrán que eliminar las bebidas azucaradas y la bollería de máquinas expendedoras y cafeterías desde el jueves
Los colegios e institutos, tanto públicos como concertados y privados, tendrán que eliminar desde este jueves las bebidas azucaradas y la bollería de las máquinas expendedoras y cafeterías, con la entrada en vigor del Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, publicado en el BOE el 16 de abril de 2025.
La norma fija criterios estrictos para la venta de alimentos en centros educativos, estableciendo que los productos no podrán superar las 200 kilocalorías y que “solo el 10% de estas podrán proceder de grasas saturadas o de azúcares añadidos o libres”. Además, prohíbe la venta de productos envasados con más de 15 mg/100 ml de cafeína y elimina la publicidad de alimentos en las instalaciones escolares.
El decreto también regula la ubicación de las máquinas expendedoras, que no podrán situarse en zonas accesibles para alumnado de infantil y primaria, y obliga a reforzar el acceso al agua potable gratuita mediante fuentes o jarras en los comedores, salvo problemas técnicos de suministro.
En cuanto a la oferta alimentaria, se priorizan productos como frutas, verduras, legumbres, cereales integrales y frutos secos, así como alimentos de la dieta mediterránea, junto con un consumo moderado de proteínas como pescado, huevos, lácteos y carnes blancas.
Los menús deberán seguir una planificación semanal: hortalizas y legumbres una o dos veces, pasta y arroz una vez, pescado hasta tres veces, huevos una o dos veces y carne un máximo de tres raciones, con límites para carnes rojas y procesadas.
Se limitan las frituras a una ración semanal y los precocinados a una vez al mes, mientras que la fruta será el postre habitual entre cuatro y cinco veces por semana. El agua será la única bebida habitual en los centros educativos, consolidando un modelo de alimentación más saludable.
El decreto también contempla la adaptación progresiva de los contratos de suministro de alimentos en los centros educativos, con un plazo de hasta 24 meses para su plena adaptación, y prevé reforzar la supervisión del cumplimiento por parte de las administraciones educativas competentes.
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