El juez mantiene la sanción a la secretaria del concello trivés
TRIBUNALES
la sentencia no encuentra "probada la existencia de odio o animadversión del alcalde" hacia la funcionaria
El Juzgado ContenciosoAdministrativo número 1 de Ourense desestimó el recurso interpuesto por la secretaria de Trives, Milagros Calvo Carballo, contra el decreto de 4 de mayo de 2016 de la Alcaldía trivesa. A través de él, el regidor, Francisco José Fernández Blanco, dispuso la ejecución de la sanción que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas impuso a la funcionaria: suspensión de funciones por un año y seis meses.
La secretaria alegó en su recurso la "manifiesta enemistad" del alcalde con ella y que la resolución fue ejecutada antes de que venciese el plazo de dos meses establecido para su impugnación jurisdiccional.
A su vez, el Concello contestó que "el alcalde no tiene animadversión personal hacia la recurrente, a la que siempre ha tratado con respeto" y que cuando la sanción es firme en vía administrativa, "adquiere inmediatamente ejecutividad en tanto en cuanto no sea suspendida de manera cautelar en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa".
A su vez, la sentencia dice que "no se considera probada la existencia de un odio o animadversión personal del alcalde hacia Milagros Calvo, en grado tal que le impidiese dictar la resolución impugnada con criterios de objetividad".
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