El Sergas deberá pagar 51.000 euros a un paciente de O Barco que sufrió la pérdida de un ojo

ACCIDENTE EN UNA FINCA

El juez del Contencioso considera incompleta la primera asistencia que recibió el paciente en el PAC y condena al Sergas a pagar 51.000 euros al paciente de O Barco por la pérdida del ojo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratificó la sentencia del Contencioso.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratificó la sentencia del Contencioso.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado la condena que obliga al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 51.708 euros a un paciente que perdió la visión en su ojo derecho. La sentencia del Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense, confirmada ahora por el alto tribunal gallego, calificó de incompleta la primera asistencia que el hombre recibió en el PAC de O Barco de Valdeorras.

Todo se remonta al 18 de junio de 2021, cuando el perjudicado sufrió un accidente mientras trabajaba en una finca, sintiendo la entrada de un cuerpo extraño en su ojo. Por ello, acudió al PAC, donde se le diagnosticó una úlcera corneal y se le pautó como tratamiento colirio. Sin embargo, al día siguiente fue al Hospital Comarcal de O Barco al experimentar cefalea y dolor ocular. Lo atendió un médico de urgencias y se le volvió a diagnosticar úlcera corneal, pero fue derivado al Servicio de Oftalmología ante la sospecha de perforación corneal. Una radiografía confirmó que el paciente tenía un cuerpo extraño intraocular y se le administró un antibiótico.

Ese mismo día fue trasladado al CHUO, donde se corroboró la perforación corneal y se le practicó un TAC que mostró la presencia de un cuerpo extraño metálico de 7 milímetros introducido en su ojo derecho. En consecuencia, se le practicó una cirugía el 20 de junio del citado año.

Actuación en el PAC

El debate del caso se centró en la atención que recibió el paciente en el PAC. La postura del Sergas es que el facultativo descartó derivarlo a un oftalmólogo de guardia ante la ausencia de signos de alarma de la presencia de un cuerpo extraño introducido en el ojo.

La sentencia del Contencioso considera incompleta la primera asistencia y señala que “esa falta de diagnóstico y tratamiento inicial permitió que la infección aumentase” y que fue la causa fundamental del desenlace. Además, recrimina al Sergas que se escude en que no disponía de más medios “para justificar una exploración netamente insuficiente cuando esos medios sí que existían, quizás no en el PAC, pero sí en el Hospital de O Barco de Valdeorras y, en su defecto, en el Complejo hospitalario de Ourense”.

“El magistrado de instancia reprocha al Sergas que un ciudadano que vive en un entorno rural pueda terminar resultando ‘de menor derecho’ que otro que lo hace en una ciudad que dispone de Hospital con acceso a determinados medios materiales y de oftalmólogo de guardia en urgencias”, recoge la sentencia del TSXG.

Los magistrados del alto tribunal gallego ratifican los argumentos de la sentencia de instancia. Rechazan los argumentos de que hubo un error en la valoración de la prueba y avalan la cifra de la indemnización: 51.708 euros. Contra esta sentencia cabe recurso ante el Supremo.

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