Financiación

¿Quién puede acceder a la nueva línea de avales del ICO por el coronavirus?

Un hombre consulta su teléfono móvil mientras pasea por la calle. (Foto: Unsplash)
photo_camera Un hombre consulta su teléfono móvil mientras pasea por la calle. (Foto: Unsplash)
Estos son los requisitos que han de cumplir las empresas y autónomos para acogerse a los créditos operativos desde hoy

La emergencia sanitaria del coronavirus COVID-19 ha llevado al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a crear una nueva línea de avales del ICO destinada a facilitar la liquidez de autónomos, pymes y empresas. Esta garantiza operaciones concedidas desde el pasado 18 de marzo, y está disponible a partir de hoy, lunes 6 de abril.

La Línea de Avales se aprobó con una dotación de hasta 100.000 millones de euros. El primer tramo activado tiene un importe de 20.000 millones de euros, de los cuales el 50% se reserva para garantizar préstamos de autónomos y pymes, con el objetivo de que puedan hacer frente a necesidades como pagar salarios, liquidar facturas de proveedores o hacer frente al alquiler de locales u oficinas.

Así pues, ¿quién puede solicitar un crédito de esta línea? Según informa el ICO, los autónomos o empresas pueden ser de cualquier sector de actividad, y han de tener domicilio social en España. Además, los préstamos y operaciones han de haber sido formalizados o renovados a partir del pasado 18 de marzo: esto es, que la línea de crédito no sirve para financiar deudas preexistentes a la crisis del coronavirus.

Entre los requisitos que han de cumplir las empresas y autónomos para acceder a la Línea de Avales están:

  • Que no figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
  • Que no estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.
  • Cuando sea aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea no encontrarse en situación de crisis a 31.12.2019 conforme a los criterios establecidos en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior

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