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VIOLENCIA DE GÉNERO
El Juzgado de Instrucción 3 de Ourense acaba de inhibirse en el caso del asesinato de Isabel Fuentes a favor del Juzgado mixto número 1 de Verín. Precisamente, este órgano judicial está dirigido por la jueza que denegó a finales de abril medidas cautelares para proteger a la víctima cuando su marido ya era sospechoso de tentativa de homicidio para la Policía Judicial de la Guardia Civil.
El auto de inhibición, con fecha de este lunes, implica que la próxima vez que declare el imputado por el crimen perpetrado en la habitación 417 del CHUO el pasado 8 de mayo, Aniceto Rodríguez Caneiro (76 años), lo hará en el Juzgado de Verín. El inculpado ya fue interrogado por la jueza de Instrucción 3 de Ourense, que estaba de guardia el día de los hechos, el 8 de junio en el módulo de la prisión de Pereiro en el hospital Santa María Nai. Rodríguez Caneiro estuvo un mes hospitalizado, antes de ingresar en la prisión pontevedresa de A Lama, porque se intentó suicidar tras matar a su mujer, situación que se complicó posteriormente con un derrame cerebral.
La decisión de trasladar el sumario en torno a la trágica muerte de Isabel Fuentes a Verín responde a criterios estrictamente jurídicos, según precisó ayer el fiscal del caso, Julián Pardinas. La Ley de Violencia de Género contempla que el juzgado competente para instruir es aquel en donde figura la residencia de la víctima (Verín) y no donde se cometieron los hechos (Ourense).
Hasta la fecha, la jueza de Primera Instancia e Instrucción 1 de Verín, Cristina María Fernández Viforcos, instruía unas diligencias previas por robo con violencia en el domicilio familiar por la agresión que sufrió Fuentes en la madrugada del día 2 de abril. No obstante, la Guardia Civil que se encargó de investigar el asunto sospechó desde un primer momento que se trataba de una tentativa de homicidio en la que estaba implicado el esposo, de ahí que optase por pedir medidas de protección para la mujer mientras se recuperaba de las lesiones en el CHUO. Estas diligencias será calificadas por el fiscal, a tenor de lo sucedido después, como una tentativa de homicidio. La acusación por un asesinato consumado y la tentativa de homicidio previa implican una petición de condena de más de 25 años de prisión.
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