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PROCÉS
El Tribunal Constitucional rechazó levantar las órdenes nacionales de detención que permanecen vigentes en contra del expresidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig por el “procés”.
Así lo comunicó la corte de garantías, cuyo Pleno abordó ayer la medida cautelarísima que solicitaron los tres para que se suspendieran las órdenes mientras el TC tramita sus recursos de amparo contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiarles la malversación del proceso independentista catalán.
El Pleno, que suscribió por mayoría el rechazo a levantar las órdenes de detención -el magistrado del ala progresista Ramón Sáez ha anunciado un voto particular-, aplicó a los tres recurrentes su doctrina constitucional en materia de suspensión cautelar.
Según explicó el TC en una nota de prensa, la suspensión de los actos impugnados en amparo constituye una excepción a la regla general de su ejecutividad y, por ello, la posibilidad de suspensión reclamada tiene que ser interpretada con carácter restrictivo.
E incidió en que “ese carácter restrictivo ha de serlo particularmente si la adopción de la medida cautelar interfiere en la actividad jurisdiccional de la instancia, lo que sucede cuando se proyecta sobre un procedimiento abierto”.
El Constitucional recalcó que, cuando el objeto de las resoluciones recurridas en amparo condiciona la viabilidad de la medida cautelar, “acceder a su otorgamiento equivaldría a una resolución anticipada del fondo del recurso y exigiría efectuar un juicio previo sobre la aplicabilidad” de la ley de amnistía.
“La suspensión solicitada produciría un menoscabo del interés general, pues existe un proceso penal abierto y referido a hechos provisionalmente calificados como delitos graves”, añadió.
Al respecto, el TC indicó que la protección de intereses vinculados a la eficacia de la jurisdicción penal y a la investigación de las conductas imputadas “debe prevalecer sobre el perjuicio alegado por los recurrentes en relación con el ejercicio de sus derechos fundamentales”.
Puigdemont alegó en su recurso de amparo ante el TC que el Supremo hizo una interpretación extensiva de las excepciones que contempla la ley de amnistía para su aplicación, denunciando una clara “resistencia judicial” a la norma.
El expresidente de la Generalitat solicitó que se le levantara la orden de detención, argumentando que era “imprescindible” para “garantizar la efectividad del recurso de amparo” contra la decisión del Supremo de no amnistiarle la malversación del “procés”.
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