El Defensor del Pueblo recurre al Constitucional la suspensión del voto a los nacionalizados por la ley de nietos
SUSPENSIÓN VOTO EXTERIOR
Ángel Gabilondo solicita medidas cautelarísimas para que los afectados puedan votar el 29 de noviembre, tras las peticiones del CGCEE y de la asociación CeDEU para que interviniera ante el alto tribunal
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el derecho al voto de parte de los españoles nacionalizados gracias a la Ley de Memoria Democrática. Gabilondo ha solicitado medidas cautelarísimas para que los afectados puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, después de recibir peticiones de particulares y entidades, entre ellas el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) y el Centro de Descendientes de Españoles Unidos (CeDEU).
Asimismo, el Defensor del Pueblo ha pedido al Constitucional que se pronuncie sobre la interpretación del Supremo acerca de la suspensión del derecho fundamental al voto de los afectados, según ha informado este viernes en un comunicado.
El CGCEE y CeDEU solicitaron la intervención del Defensor
El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior se dirigió al Defensor del Pueblo el pasado 13 de octubre para solicitar que interpusiera un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y reclamara la suspensión inmediata y total de las medidas impugnadas en relación con las elecciones del 29 de noviembre.
El CGCEE invocó la posible vulneración de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad ante la ley, recogida en el artículo 14, y el derecho a participar en los asuntos públicos mediante sufragio universal, establecido en el artículo 23.1.
La entidad también alertó de la indefensión de los afectados, que no habían sido parte ni habían sido oídos en el procedimiento judicial, así como de las dificultades materiales para identificar a todos los electores afectados antes de los comicios. Según el Consejo, la falta de información diferenciada en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) generaba incertidumbre entre los españoles residentes en el extranjero.
Por su parte, CeDEU también pidió al Defensor del Pueblo que acudiera urgentemente al Constitucional y solicitara medidas para evitar que la suspensión impidiera votar a los afectados mientras se resolvía la controversia jurídica.
El Gobierno cifra en 163.020 los electores afectados
Según los datos aportados por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo, la suspensión cautelar afectaría a 163.020 personas que habían obtenido la nacionalidad española mediante la ley de nietos y estaban inscritas en el censo electoral a 1 de agosto de 2026, fecha de cierre del listado que se utilizará en las próximas elecciones generales.
Esta cifra corresponde a los cálculos facilitados por el Gobierno en el procedimiento judicial. La medida no implica que todas esas personas hayan perdido definitivamente el derecho a votar, ya que el Supremo contempla que puedan mantenerlo si acreditan fehacientemente ser descendientes de exiliados de la Guerra Civil y el franquismo, en los términos establecidos por el tribunal.
De hecho, en las últimas horas Exteriores ha informado de que ya ha remitido a la Oficina del Censo Electoral los datos de más de 70.000 nacionalizados por esta vía. Según fuentes del Ministerio, los registros corresponden a personas que obtuvieron la nacionalidad entre 2025 y 2026 y cuyos expedientes fueron tramitados mediante DICIREG, la plataforma informática del nuevo Registro Civil digital.
El departamento que dirige Jose Manuel ha enviado instrucciones reiteradas a todos los consulados para que pongan los medios humanos y materiales necesarios y remitan la información pendiente «con la máxima agilidad». El objetivo es identificar al mayor número posible de electores que puedan conservar su derecho al sufragio si acreditan la descendencia exigida por el Supremo.
Exteriores ha recordado, además, que los afectados disponen de un plazo de cinco días desde el día siguiente a la publicación de la resolución, el 13 de octubre, para aportar documentación que les permita permanecer como electores. Según las fuentes ministeriales, el plazo no expirará hasta la próxima semana.
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